, exsecretario particular del exjefe de gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera , consiguió una suspensión para evitar ser detenido , y para conservarla deberá exhibir una garantía de 65 mil pesos.
La juez Quinto de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México admitió a trámite el juicio de garantías que presentó Serna Chávez contra cualquier orden de aprehensión, detención comparecencia o presentación ante un juez penal.
“Se concede al quejoso, la suspensión provisional de las órdenes de aprehensión , detención, presentación y comparecencia, así como su ejecución, que reclama de las autoridades judiciales señaladas como responsables, para el sólo efecto de que las cosas permanezcan en el estado que actualmente guardan y no sea privado de su libertad personal con motivo de la ejecución de las órdenes que reclama, quede a disposición de este juzgado de distrito, por lo que a su libertad personal se refiere, y a disposición del juez para la continuación del procedimiento, hasta que se notifique a las autoridades responsables la resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva”, señaló la juzgadora.
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En su acuerdo, notificado el pasado 9 de marzo, la juez impuso al exfuncionario exhibir dentro de los cinco días siguientes una garantía por 65 mil pesos y le conminó a que, si se informa la existencia de una orden de aprehensión en su contra, deberá comparecer ante el juez de la causa o carpeta judicial tantas veces sea requerido para continuar con su procedimiento.
“Una vez que se tenga conocimiento del juez que haya emitido la orden reclamada, con fundamento en el artículo 162 de la ley de amparo, como medida de aseguramiento se le impone al quejoso la obligación de comparecer ante el juez de la causa o carpeta judicial tantas veces sea requerido para la continuación del procedimiento que se le siga, el cual no se puede suspender en virtud de que es de orden público, lo anterior de conformidad con la fracción ii del artículo 128 de la ley de la materia. c) igualmente, cuando se tenga certeza respecto del acto reclamado y autoridad que lo emitió, se impone al impetrante la obligación de comparecer ante el juez de la causa a rendir en su caso, su declaración preparatoria dentro de los tres días hábiles siguientes al en que surta efectos la notificación del presente auto”, precisó.
En octubre de 2020 la Fiscalía General de la República cateó la casa de Carlos Jiménez Rodríguez, yerno de Luis Ernesto Serna, derivado de una investigación por operaciones con recursos de procedencia ilícita .
Durante la diligencia llegó Esteban Arcos, quien se identificó ante las autoridades como representante legal de Serna y exigió que le informaran el motivo del cateo .
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