La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México ha recibido durante este año 39 quejas por presuntos actos anticipados de campaña o precampaña.

En entrevista con EL UNIVERSAL, la presidenta de la comisión, Sonia Pérez, explicó que las quejas más recurrentes son por promoción personalizada y uso indebido de

“Fundamentalmente las quejas denuncian a personas servidoras públicas, ya sean diputaciones, alcaldías —incluso en algún momento concejalías, pero menos—, que realizan actividades con la finalidad, primero, de promocionarse a través de recursos públicos y que tienen esta finalidad de posicionarse anticipadamente con miras al proceso electoral; entonces, te podría decir que es como la tónica que han seguido la mayoría de quejas”, explicó.

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Sonia Pérez indicó que los funcionarios más denunciados por presuntos actos anticipados de campaña y precampaña son la alcaldesa de Cuauhtémoc, ; el diputado local Víctor Hugo Romo y el edil de Cuajimalpa, Carlos Orvañanos.

“Son los más mencionados en las quejas, lo que no en automático actualiza que sean los procedimientos que más se hayan iniciado o las personas que más se hayan sancionado, sino que solamente es a quienes más se menciona, pero te aclaro que no es una cuestión que en automático implique que estén infraccionando la norma”, precisó.

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Cuestionada sobre cómo actúa la comisión ante estas quejas, la consejera electoral resaltó que han tenido consistencia en los criterios, es decir, que ya tienen una ruta definida sobre cómo atenderlas.

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“La aplicamos a todos los casos que se nos presentan y a partir de ahí, si tenemos elementos que por lo menos de una manera indiciaria nos digan que aquí sí se está infraccionando probablemente la norma, pues iniciamos los procedimientos, se realiza la investigación y hay un criterio que hemos asumido, cuando se trata de casos que estén ya vinculados con un proceso electoral, los estamos remitiendo al Tribunal, aun cuando no haya empezado el proceso porque, por la relevancia, la celeridad que tienen y para que haya un pronunciamiento ya del a través de un procedimiento sancionador, se están remitiendo”, argumentó.

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Sonia Pérez resaltó que son los tribunales electorales los que definen si hay infracción y la sanción, que puede ser hasta la inhabilitación para participar en las elecciones, en casos graves.

Recordó que se consideran actos anticipados de campaña los llamados expresos a favor de una determinada candidatura, posicionamientos anticipados en donde los servidores públicos hagan propuestas o promesas, y el uso de recursos públicos para este tipo de cuestiones.

“Por supuesto que tienen la posibilidad de participar en actividades vinculadas con los procesos internos de sus partidos políticos (...), pero lo que se cuida mucho es que no se genere una inequidad o un posicionamiento anticipado”.

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