La semana pasada el TEPJF validó el proceso político de Morena para elegir a sus coordinadores de cara a las elecciones del próximo año. Movimiento Ciudadano presentó una denuncia por una presunta realización de actos anticipados de precampaña al anunciar estos procesos y el Tribunal señaló que no había tal conducta y, en concordancia con sus criterios, dijo que se pueden realizar.
Con la cautela que se debe tener en el tema, los procesos políticos se han constituido como un derecho adquirido para los partidos y personas participantes, pese a no tener asidero constitucional ni legal.
En 2023 el TEPJF ordenó al INE la emisión de unos Lineamientos que regularan esta nueva etapa bajo parámetros generales que establecieron desde la sentencia.
El Instituto, ante el mandato de hacer estas reglas en 5 días, aprobó una serie de directrices para garantizar la imparcialidad y neutralidad de las personas participantes, así como las reglas de actuación, las cuales sirvieron para mitigar los efectos de estos procesos, pero, sobre todo, el qué hacer y qué no de las “pre-precampañas”.
Hoy, de cara al inicio del Proceso Electoral 2026-2027, se requieren reglas claras y expresas para su organización. Necesitamos certeza para una evidente etapa creada para hacer generar mayor exposición mediática de las posibles personas candidatas.
Pero ¿Se retomarán los Lineamientos de hace tres años? ¿Son de observación general y atemporal?
Dichas preguntas son cruciales para lo que se viene.
Primero, hoy entendemos que los procesos políticos son, principalmente, para las gubernaturas, pero estos pueden ser para diputaciones federales y locales, Ayuntamientos y Alcaldías. Es decir, se debe entender que existe la posibilidad de que se hagan para una amplía gama de cargos y requieren reglas claras que permitan la coexistencia de atención de actividades bajo el esquema de facultades propias del INE y de los Organismos Públicos Locales Electorales.
En segundo término, se encuentra la vigencia de los Lineamientos de 2023, los cuales, por cierto, tienen diversas áreas de mejora como saber si conviene más unos Lineamientos generales en tanto la LGIPE no se haga cargo de ellos. Por ejemplo, hoy carecen de medidas para prevenir y erradicar la violencia política o bajo su autoorganización y autodeterminación impulsar acciones afirmativas.
Sin embargo, el reto mayúsculo es la regulación de lo estrictamente mal llamado “actos de pre-precampaña”. La línea general es la no realización de actos anticipados de precampaña, para lo cual no se permite el acceso a radio y televisión, ni hay financiamiento público. Pero, en el documento de hace tres años existen indicios de que sí se utilizó financiamiento público de los partidos que no generó efectos de fiscalización para las personas que participaron y sí se contabilizó en el gasto ordinario de los partidos.
Asimismo, la experiencia de la elección del Poder Judicial de la Federación nos dejó ver como necesaria la regulación de las redes sociales y plataformas digitales, ante las restricciones en las que se desarrollan las actividades. Aunada a la necesidad de fiscalizar dichos gastos.
Ante la prohibición del uso de la prerrogativa de radio y televisión se acudirá a las redes sociales y sin topes de gastos o límites de aportaciones de entres privados, lo cual dejará más riesgos que beneficios.
Lo único cierto que tenemos es que los procesos ya inician, los personas avanzan en sus aspiraciones y hace falta una revisión exhaustiva de la norma que se tiene.
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