Más Información
Secuestran y asesinan a delegado de Unión Regional Ganadera en Sinaloa; su cuerpo presenta huellas de tortura
VIDEO: “¡Qué violenta!”, grita Noroña a senadoras; Jucopo ordenó retirar mampara del Senado lo que provocó jaloneos
Trump desgina a Elon Musk al frente del "Departamento de Eficiencia Gubernamental"; buscará eliminar regulaciones excesivas
justiciaysociedad@eluniversal.com.mx
Un juzgado federal concedió el amparo a integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, para obligar al Congreso del Estado de Tlaxcala a expedir su ley estatal en materia de combate a la corrupción, informó el juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Juan Pablo Gómez Fierro.
Con lo anterior se ordena al Congreso del Estado de Tlaxcala expedir la legislación estatal en materia de combate a la corrupción a más tardar el 29 de abril de este año.
Los demandantes reclamaron diversas omisiones legislativas atribuidas, en su mayoría, a los congresos locales de las entidades federativas con motivo de la implementación, en sus correspondientes órdenes jurídicos, del Sistema Nacional Anticorrupción, con base en la reforma constitucional en contra la corrupción.
El juzgador federal reconoció en la sentencia la procedencia del juicio de amparo, en contra de las omisiones legislativas absolutas en competencias de ejercicio obligatorio que se reclamó.
De acuerdo con el criterio “de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el amparo en revisión 1359/2015, en donde estableció que cuando en la demanda de amparo indirecto se señala como acto, reclamando una omisión legislativa absoluta, no se actualiza ninguna causal de improcedencia que suponga una vulneración al principio de relatividad que rige al juicio de amparo. En esos casos, los órganos legislativos no son libres para decidir no actuar conforme a la norma, al existir un mandato constitucional previo”, se detalló.
Además de que, al reconocerse que los quejosos tienen interés legítimo para combatir las omisiones legislativas reclamadas, al tratarse de ciudadanos que desarrollan actividades en materia transparencia, la rendición de cuentas y el combate contra la corrupción.