El Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó un juicio electoral de urgente resolución para que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se pronuncie con respecto al decreto aprobado por el Congreso de la Unión, que intenta “reinterpretar” el significado del concepto de “propaganda gubernamental”.
Ángel Ávila Romero, representante del PRD ante el Instituto Nacional Electoral (INE), explicó que existen diversas jurisprudencias y tesis que ha aplicado el TEPJF que dejarían sin efecto este “decreto tramposo impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y Morena”.
Señaló que el partido del sol azteca solicitó al máximo tribunal electoral que por la relevancia del tema pueda resolver este juicio electoral para generar certeza, “no sólo en el tema de la revocación de mandato, o en las elecciones de este año, sino que genere también un precedente legal para los futuros procesos electorales de los años 2023 y 2024”.
Ávila Romero remarcó que el PRD tiene confianza en que este decreto no podrá estar por encima de la ley ni de la Constitución Política.
En su escrito, el representante del PRD ante el INE detalla que interpone un juicio electoral contra el decreto por el que se interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en los artículos 449, numeral 1, incisos b), c), d) y e) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 33, párrafos quinto, sexto y séptimo y 61 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicado en la página de internet del Diario Oficial de la Federación el día 17 de marzo del 2022.
Indica que se solicita urgente resolución ya que el decreto es ilegal, “pues, además de contener violaciones directas a la normatividad regulada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Revocación de Mandato.
También viola de manera directa e inmediata la neutralidad y la equidad en la contienda en los procesos electorales locales ordinarios 2021-2022, de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas; la neutralidad y la equidad en la contienda en los procesos electorales locales extraordinarios 2020-2021 de los estados de Chiapas, Oaxaca, Estado de México y Veracruz; y los principios de neutralidad e imparcialidad en el proceso de revocación de mandato”.