Más Información
Seguridad federal atiende caso de dos niños asesinados en Sinaloa, tras irrupción en Palacio estatal; acompañan a familia
Canciller De la Fuente dialoga con su homóloga de Canadá, Mélanie Joly; revisan prioridades compartidas del T-MEC 2026
Lo que sabemos del caso de los niños Alexander y Gael en Sinaloa; asesinatos provocaron irrupción en Palacio Estatal
"México aumentaría su PIB en 1.4 puntos si Norteamérica sustituye 10% de importaciones chinas": Ramírez de la O
Fiscales generales se rebelan contra Trump; advierten que gobiernos locales no participarán en su política migratoria
nacion@eluniversal.com.mx
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), encabezada por Santiago Nieto Castillo, aseguró que el bloqueo de cuentas bancarias al exministro Eduardo Medina Mora, se realizó luego de su renuncia el pasado jueves 3 de octubre, y que el cumplimiento de la petición se efectuó un día después por haber entrado fuera de los horarios de atención de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
En respuesta a lo publicado por el periodista Mario Maldonado este jueves, en su columna Historia de NegoCEOs, titulada “Así ahorcaron a Medina Mora”, la UIF argumentó que el requerimiento 110/F/B/5182/ 2019 dirigido a la CNBV para notificar el congelamiento de las cuentas de Medina Mora, de sus hermanos y sus empresas, se elaboró el 3 de octubre fuera del horario hábil (22:30 horas) del Sistema de Atención a Requerimientos de Autoridades (SIARA), y horas después de que se dio a conocer su dimisión.
De acuerdo con la UIF, el SIARA es el canal de comunicación oficial entre esa dependencia y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por el que se realizan los requerimientos de inclusión de personas a la Lista de Personas Bloqueadas, cuya oficina opera de 9:00 a 18:00 horas. Cualquier solicitud de envío fuera de ese horario ingresa al día siguiente.
El periodista Mario Maldonado señaló que el bloqueo en sí es una cosa y los oficios que liberó la UIF pueden ser previos a la renuncia.
“La consecuencia del oficio es el bloqueo, que tarda un tiempo después de liberado y notificado. Como sea, saber con precisión la hora en la que se envió el oficio a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores sólo puede ser corroborado con la copia del correo o memorándum de la UIF a la CNBV”, mencionó.