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Con el apoyo de la oposición, la Comisión de Puntos Constitucionales aprobó las primeras cuatro reformas constitucionales propuestas por el presidente López Obrador en materia de pensiones, vivienda, salario mínimo y apoyo a jóvenes.
Las cuatro modificaciones al artículo 123 de la Carta Magna fueron avaladas casi por unanimidad con el apoyo del PRI, PAN, MC, Morena, PT y PVEM, y con la ausencia de perredistas.
La primera fue para hacer constitucional el programa de Jóvenes Construyendo el Futuro, que establece que el Estado otorgará un apoyo económico mensual equivalente al menos a un salario mínimo general vigente a jóvenes entre 18 y 29 años que estén en desocupación laboral y no estén cursando en alguno de los niveles educativos, a fin de que se capaciten para el trabajo por un periodo de hasta 12 meses en negocios, empresas, talleres, tiendas y demás unidades económicas, en los términos que fije la ley.
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Lo anterior representa que se pagará un salario mínimo mensual. A partir del 1 de enero de 2024, el salario mínimo en México se fijó en 248.93 pesos diarios, lo que equivale a 7 mil 468 pesos mensuales, más que los 6 mil pesos bimestrales que se les otorga a las y los adultos mayores.
El segundo dictamen en materia de vivienda establece que “toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias, a proporcionar a sus personas trabajadoras viviendas cómodas e higiénicas”.
Para ello, se prevé el establecimiento de un sistema de vivienda con orientación social que permitirá a las personas trabajadoras obtener crédito barato y suficiente para su adquisición o mejora; también podrá invertir sus recursos en la construcción de vivienda para que la persona trabajadora pueda adquirirla o arrendarla en los términos que fije la ley.
Adicionalmente, las personas trabajadoras, después de un año de cotización ante el Infonavit, podrán acceder a las viviendas en arrendamiento social propiedad del instituto.
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“En estas operaciones, la mensualidad no podrá exceder de 30% del salario de las personas trabajadoras. Después de 10 años de arrendamiento de una misma vivienda la persona trabajadora tendrá derecho a adquirirla en propiedad en los términos que establezca la ley”.
También aprobaron el dictamen de la iniciativa para reformar el artículo 123 en materia de pensiones para el retiro, que establece que los trabajadores con 65 años de edad que empezaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 en el IMSS y las que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el ISSSTE tendrán derecho a que su pensión de retiro por vejez sea igual a su último salario hasta por un monto equivalente al salario promedio registrado.