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El ex candidato a una diputación federal, Fernando Belaunzarán, se defendió de las acusaciones en su contra por parte del Partido de Morena que lo acusa de incurrir en calumnias y violencia política de género en agravio de la jefa de Gobierno electa, Claudia Sheinbaum.
En 39 cuartillas, el perredista expone a los consejeros del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) una serie de articulados, leyes y hasta tratados internacionales sobre el derecho que tiene cualquier ciudadano a la libertad de expresión.
Esto, a unos días de que el órgano electoral local iniciara una investigación en su contra, así como de la ex candidata de la coalición Por la CDMX al Frente , Alejandra Barrales, y otros integrantes de esta alianza.
Belauzarán aseguró que en ningún momento violó la veda electoral y que en su calidad de ciudadano sólo ejerció su derecho de opinión y libre expresión ante la actuación de una servidora pública y un acontecimiento que es de opinión publica también, el caso del Colegio Enrique Rébsamen.
“Es de hacer notar que las publicaciones de mis cuentas personales en redes sociales obedecen a la facultad del suscrito de emitir mi opinión y expresar mi ideología, bajo la premisa de ser un ciudadano mexicano que goza de las garantías consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
En el documento emitido a los consejeros electorales, el ex diputado federal advirtió que ninguna ley ni autoridad puede establecer una previa censura, ni coartar la libertad de difusión que, a su consideración no tiene más límites que los previstos en el Artículo 6 de la Constitución.
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“En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito”, precisó.
Recordó que la libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, consagrado en el ámbito federal e internacional, definido como un medio para exponer las ideas, atendiendo a que la posibilidad del disenso fomenta el avance de las artes, las ciencias y la auténtica participación política.
Dijo a la autoridad local de la capital del país que el ejercicio del derecho a la libertad de expresión no debe restringirse de ninguna manera pues es necesaria para garantizar otros derechos humanos.
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“Nadie de olvida que debe ser ejercida en un marco jurídico en el que se establece claramente como únicos limites la afectación a la moral, el orden público o a terceros”.
Aclaró que la difusión de las opiniones que se pretenden sancionar, son materia del resultado de la actuación de Claudia Sheinbaun en su encargo como servidor público y por la calidad que la enviste, representa una condición especifica en donde el ciudadano tiene derecho a emitir opinión.
Además enfatizó que la denuncia fue promovida por un representante suplente de Morena cuando de antemano se determina que un partido político es una persona moral y no física, por lo que no podría representarse como un sujeto pasivo de la acción punible tipificada como calumnia.
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En este sentido, reviró Belaunzarán Mendez, sería improcedente la presente denuncia por la causal de que el promovente carece de legitimación para activar el proceso.
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