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En sesión de acatamiento, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobará hoy el dictamen por el que determinará que después del periodo concedido para que Armando Ríos Piter ejerciera su derecho de audiencia éste no alcanzó el número de apoyos requeridos por ley para obtener la postulación.
Con ello se dará por cumplida la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que toca al INE .
Se trata del dictamen final tras el periodo de audiencia que no fue ejercido por el aspirante, informó el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, en entrevista en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM .
El pasado 9 de abril la Sala Superior del TEPJF ordenó al INE dar un periodo de audiencia de 10 días Ríos Piter para que revisara más de 906 mil firmas, periodo que comenzó a correr el 11 de abril y venció el pasado viernes.
Pero el aspirante –hoy sumado a la campaña de José Antonio Meade - sólo acudió una vez y argumentó que hubo trabas del INE que no le permitieron revisar las firmas, declaradas por el INE como inconsistentes. Por ello no revisó ni un folio de los más de 906 mil pendientes.
También en entrevista la magistrada presidenta, Janine Madeline Otálora expuso que el Tribunal no ordenó al INE medidas adicionales para hacer cumplir su sentencia, como se lo solicitó el Instituto al aproximarse el vencimiento del plazo sin que Ríos Piter acudiera a ejercer su garantía de audiencia.
“Nosotros ordenamos medidas adicionales cuando la autoridad viene y nos pide que le ordenemos al actor ciertos actos esto no es está dentro del ámbito”, expuso.
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