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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará el amparo interpuesto por R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, en contra de los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
"Dichos artículos facultan a autoridades, que no se especifican en la ley, a obtener la geolocalización de dispositivos en tiempo real; obligan a proveedores de telefonía a retener datos de todos los usuarios por 24 meses; y a conceder acceso a esos datos sin que se establezca de manera explícita la necesidad de autorización judicial", recordó la organización en un comunicado.
En septiembre de 2014, la Red en Defensa de los Derechos Digitales presentó una demanda de amparo contra estos artículos en el Poder Judicial de la Federación, debido que no obtuvieron respuesta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).
"El amparo fue presentado junto con otras organizaciones de la sociedad civil, activistas, ciudadanos, periodistas y defensores de derechos humanos", precisó R3D.
En febrero de 2015, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones decidió no conceder el amparo en el expediente 116/2014 y la organización interpuso un recurso de revisión, por lo que finalmente el Tribunal especializado decidió enviar el caso a la Corte.
tcm
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