El próximo, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, rendirá su Primer Informe de Gobierno en Palacio Nacional. Este acto político y constitucional marca el inicio del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión y está previsto en el artículo 69 de la Constitución.

El próximo 1 de septiembre, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, rendirá su Primer Informe de Gobierno en Palacio Nacional. Foto: Fernanda Rojas / EL UNIVERSAL
El próximo 1 de septiembre, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, rendirá su Primer Informe de Gobierno en Palacio Nacional. Foto: Fernanda Rojas / EL UNIVERSAL

El informe presidencial ha generado una expectativa no solo en el ámbito político, sino también entre trabajadores, ya que surge la duda de si la fecha es considerada como día feriado o de descanso obligatorio en el país. Además, muchas personas se preguntan si trabajar en esa jornada implica un pago adicional; por lo que a continuación te lo decimos.

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¿El 1 de septiembre es día feriado oficial en México?

A pesar de la relevancia política del informe presidencial, el 1 de septiembre no se encuentra listado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo como día de descanso obligatorio.

Esto significa que las actividades laborales se desarrollarán con normalidad en empresas, dependencias e instituciones.

El 1 de septiembre no se encuentra listado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo como día de descanso obligatorio. Foto: Miriam Siles
El 1 de septiembre no se encuentra listado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo como día de descanso obligatorio. Foto: Miriam Siles

¿El próximo 1 de septiembre se paga doble o triple?

Ante ello, los trabajadores que tengan que presentarse a sus centros laborales ese día no recibirán un beneficio adicional ni un pago extraordinario por la jornada.

¿El próximo 1 de septiembre se paga doble o triple?. Foto: Cuartoscuro
¿El próximo 1 de septiembre se paga doble o triple?. Foto: Cuartoscuro

De acuerdo con lo estipulado en la LFT, solo las fechas incluidas expresamente en la ley otorgan a las y los trabajadores el derecho a descanso o pago doble en caso de laborar. El 1 de septiembre no figura entre ellas.

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¿Cuándo corresponde pago doble o triple a los trabajadores en septiembre?

Según el artículo 75 de la LFT establece que, cuando un empleado labora en un día de descanso obligatorio, el patrón debe cubrir, además de su salario normal, un pago doble. En términos prácticos, esto equivale a recibir un pago triple por la jornada cumplida.

En septiembre, la única fecha con este carácter es el 16 de septiembre,día en que se conmemora la Independencia de México. En 2025, esta fecha caerá en martes, por lo que quienes trabajen durante esa jornada deberán recibir el pago adicional que marca la ley.

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