Algunos datos

1.         La minería es una actividad altamente rentable y con un gran impacto ambiental y social. Su tiempo de maduración es muy largo. En la actualidad existen proyectos “cortos” de hasta 15 años en su etapa productiva.

2.         En forma reducida, las etapas del proceso minero son la exploración, la cuantificación de las reservas, el desarrollo del proyecto, la explotación (que incluye la extracción del material y su beneficio) y el cierre.

3.         Por los montos y tiempos necesarios para llegar a la etapa productiva, normalmente los que exploran son distintos de quienes explotan el yacimiento.

4.          Aunque muchas de las empresas cuentan con grandes recursos, estos no se encuentran en forma líquida, por lo cual es necesario el crédito para llevar a cabo cada una de esas etapas, incluyendo el proceso de explotación.

5.         Los efectos en el medio ambiente son distintos ya sea que se trate de minería metálica o bien de agregados pétreos, así como si es tajo abierto o subterráneo.

6.         Respecto a la minería metálica, se considera que para la explotación del yacimiento la forma subterránea tiene un menor impacto ambiental, aunque esta puede afectar el nivel freático y al entrar en contacto el agua con los yacimientos puede generar drenaje ácido. Si bien puede tener menor impacto ambiental, representa mayor riesgo para los trabajadores. El tajo abierto, por otro lado, modifica en forma sustancial la orografía, el flujo hídrico, los niveles freáticos y el volumen de los movimientos de tierra ocupa mayores extensiones de suelo para el depósito de material.

7.         El beneficio utiliza el cianuro independientemente del proceso por el cual se utiliza la extracción, durante este se separa el metal del mineral y el resultado es el producto metálico y los residuos que son los jales. Las presas de jales pueden tener problemas por su estabilidad cuando no se vigilan adecuadamente, incluso después de concretado su cierre. Sus grandes volúmenes son en sí un tema a considerar, además de la presencia de rastros de minerales y la contaminación del aire que puede mover estos talcos. Por su manejo se consideran el control de la humedad y la colocación de una capa de o cubierta vegetal para disminuir sus efectos.

8.         La regulación es múltiple. En el caso de la minería algunos temas tienen por autoridad responsable a la Secretaría de Economía, por ejemplo, el otorgamiento de concesiones y el cobro de regalías. Otros a la Secretaría del Trabajo. En términos ambientales la SEMARNAT tiene que dar la autorización al proyecto, así como a la ampliación del mismo, incluyendo nuevas áreas de yacimientos a explotar, la PROFEPA debe sancionar el incumplimiento de la normatividad y la CONAGUA está a cargo de las concesiones de agua.

I.- Principales problemas de política para el próximo sexenio

1.         Implementar la consulta para la aprobación o negación del proyecto por parte de la SEMARNAT cuidando dos aspectos:
A) La aprobación del proyecto productivo corre por parte de la SEMARNAT al igual que  el cierre y todo el proceso de restauración. Para estos procesos, por sus dimensiones e impactos, así como los lugares preferentes de su localización se requiere realizar una consulta. Otra la debe llevar a cabo la Secretaría de Economía, que es cuando se otorgan las concesiones. Los dos actos se realizan con años de diferencia, generalmente décadas, por lo cual es factible y correcto celebrar ambos procesos. Concesiones son muchas y proyectos son pocos.

2.- La consulta tiene que cumplir con los requisitos del acuerdo 169 de la OIT y realizarse para tomar en cuenta a las comunidades indígenas, rurales e incluso a las urbanas por las dimensiones de estos proyectos.

3.- Las autorizaciones ambientales tienen como eje la mitigación y compensación, pero es importante poner en el centro la restauración ecológica.

II.- Comentarios

1.         La consulta es un instrumento que no es deseado ni por las compañías mineras ni por algunas organizaciones de la sociedad civil. Es importante decir que ninguna de ellas debe decidir. Solo las comunidades deben hacerlo. Para que este sea un proceso efectivo se les debe dar poder pleno, en otras palabras, la posibilidad de poder negar el proyecto. Primero debe haber una paloma ambiental y luego la social. Las dos son necesarias y deben establecerse en ese orden. Ambas autorizaciones pueden realizarse en el mismo procedimiento.

2.         No es posible hoy empezar un proyecto minero sin la anuencia de las comunidades, esta realidad debe concretarse en la norma. No es necesario esperar una gran modificación de la ley para establecer en ella el proceso de consulta.

3.         El proceso de consulta debe incluir el acceso a los beneficios razonables como lo indica la Corte Interamericana de Derechos Humanos y como debería de establecerse en la Ley. La consulta puede ser un proceso de negociación y debe haber un piso mínimo para los beneficios los cuales deben ser calculados siempre de acuerdo con el potencial de la actividad de la empresa, se ha señalado como un techo el 5% de las utilidades netas. Este en realidad debe ser un piso.

4.         Se puede disminuir el impacto de la minería si se cubren 4 cosas: La consulta, una evaluación ambiental precisa de la manifestación y su cumplimiento, el cumplimiento estricto de la normatividad aplicable a residuos, gases y desechos de la minería, y se opte por desarrollar e invertir en nuevas tecnologías y proyectos para disminuirlo de manera permanente.

5.         En el país existen 216 municipios en los cuales hay actividad minera de empresas afiliadas a la CAMIMEX  que representa entre el 90% y 95% de la producción. En estos debe ser un tema principal el apoyo para el desarrollo municipal conducido con independencia por las autoridades municipales y comunitarias. Ningún municipio con minería metálica debería de encontrarse en el estrato inferior de marginación de su estado.

6.         En el tema del agua se debe incluir como de “laboreo” solo aquella que es producto directo del movimiento de tierra y material o de la perforación de túneles con el objeto de realizar la explotación. Pozos realizados con el único objeto de extraer agua no pueden entrar en esta definición. en el caso de Zacatecas, Sonora, Jalisco o Michoacán

Para todas estas actividades tiene que haber una excelente coordinación de las empresas, sus agrupaciones y las secretarías para realizar actividades de fomento y aplicar estrictamente las sanciones cuando sea el caso.

III.- Otros temas

1. Minería artesanal e ilegal. Existen rumores del uso de mercurio y cianuro por minería artesanal que está expuesta a la delincuencia en Zacatecas, Sonora, Jalisco o Michoacán. Independientemente de otras infracciones, este es un problema de salud pública y de seguridad para el estado mexicano. Por ello se precisa verificar el cumplimiento de la normatividad en la producción y distribución de estos. Incluyendo la exportación ilegal de mercurio a Sudamérica, así como la vigilancia permanente de las ventas de las compañías dedicadas a la distribución de cianuro.

2. Las empresas señalan buenas prácticas en casi todos los temas aquí tratados. De lo que se trata es no de dar ejemplos, sino de realizar un trabajo sistemático y respecto al universo de las empresas.

3. Los impuestos son distintos de los derechos. Los derechos se aplican sobre los bienes no renovables. Como es el caso de la minería. No existe una tasa específica para ellos y el destino de esos recursos puede ser el que destine el estado mexicano. El Fondo Minero es un derecho.

4. Se requiere ampliar las capacidades de beneficio, de refinación nacional de la minería metálica. Actualmente la capacidad nacional es de sólo un 25 por ciento.

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