La Relatora de la ONU sobre Ejecuciones Arbitrarias, Asma Jahangir, hizo una visita a México en 1999, a raíz de las numerosas denuncias de ejecuciones y sobre una serie de matanzas ocurridas en los años anteriores, durante el sexenio de Ernesto Zedillo.
Ante los hechos narrados en su informe, la Relatora recomienda que se “logre la desmilitarización de la sociedad y evite delegar en las fuerzas armadas el mantenimiento del orden público o la lucha contra el delito… prosiga las labores de capacitación y concientización de las policías y las fuerzas armadas en materia de derechos humanos…” ¡El informe tiene fecha del 25 de noviembre de 1999! No fue alcahueta de Zedillo.
Es obvio que las recomendaciones de la Relatora, desde los inicios del gobierno de Calderón, fueron frontalmente incumplidas. En ese sexenio se empieza a aplicar desmedidamente y con orgullo el “grito de ¡guerra!”.
En 2013, el relator Christof Heyns, titular del mismo mandato que detentara la señora Jahangir, realizó una visita a México, dado que, durante el sexenio de Calderón, “se cometieron 102,696 homicidios intencionales…”.
El Relator afirma en su informe “que es bien sabido que, en cualquier país, a los soldados que realizan labores policiales les cuesta mucho renunciar al paradigma militar. Por lo general, la forma en que han sido adiestrados hace que no sean aptos para mantener el orden público… La aplicación de un enfoque militar al mantenimiento de la seguridad pública puede crear una situación en que la población civil se vea expuesta a toda una serie de atropellos…” El Relator recomienda adoptar “todas las medidas necesarias, con efecto inmediato, para que la defensa de la seguridad pública esté en manos de civiles y no de las fuerzas de seguridad militares.” Este relator de la ONU tampoco fue alcahuete de Calderón ni de Peña Nieto.
Si los gobiernos de Calderón y de Peña Nieto hubieran atendido lo anterior, no se habrían cometido atrocidades como las de Tlatlaya, Tanhuato, y otras matanzas bien conocidas (y otras no tan conocidas o de plano desconocidas), derivadas del uso excesivo, irracional, desproporcionado, innecesario e ilegal de la fuerza pública.
En abril de este año, el Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU, recomendó al Estado Mexicano que abandone el enfoque militar de la seguridad pública; fortalecer las fuerzas con civiles del orden; establecer un plan de retiro ordenado, inmediato y verificable de las fuerzas armadas de las funciones de seguridad pública; construir la política de seguridad en concordancia con los estándares internacionales de derechos humanos.
Las reformas a las leyes secundarias de la Guardia Nacional recientemente aprobadas violan, no solamente a la Constitución, sino a todos los criterios internacionales antes descritos. La CNDH, vergonzosamente, ha decidido hacer como que ignora todo lo anterior, y optar por no impugnar esas reformas. (Esta ¡sí que es alcahueta!).
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del caso Alvarado vs México, estableció que el uso de las fuerzas armadas en funciones de seguridad, solamente debe ser extraordinario, es decir, que toda intervención militar se encuentre justificada y resulte excepcional, temporal y restringida a lo estrictamente necesario en las circunstancias del caso.
La reforma, en curso, al artículo quinto transitorio de la reforma constitucional de 2019, viola el principio de excepcionalidad del uso de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública, a pesar de que las sentencias de la Corte Interamericana son obligatorias para todas las autoridades del país, incluyendo al Poder Constituyente Permanente.
Esta equivocada y fallida política de seguridad un soldado en cada esquina nos dará y nos alejará, cada vez más, del anhelado lugar en el que algún día podamos ser mexicanos al grito de ¡PAZ!