El último evento celebrado en la Cámara de Diputados, antes que nos paralice la alerta del coronavirus, fue una reunión con presidentes municipales y alcaldes de todo el país con diversas dimensiones y necesidades, así como una docena de expertos en la materia. El objetivo de éste y otros encuentros es la revisión del proyecto de iniciativa que he presentado sobre federalismo y municipalismo en México. Técnicamente es una forma de descentralización territorial del poder público que se basa teóricamente en la coexistencia de la soberanía del Estado-Nación —gobierno, territorio y pueblo— con las soberanías de los estados que lo integran y en muchos casos también de las ciudades y municipios que lo componen.
Hay sin embargo sólo 24 estados federalistas en el mundo sobre 194: esto es el 22.56%. Existen obviamente los estados centralistas, pero también formas diversas de descentralización: por autonomías, regiones, provincias, intendencias, reinos o ciudades. Así mismo la coexistencia de varias de ellas, lo que caracterizó en las colonias españolas de América cuyas bases jurídicas eran el “sistema conciliar” y el “particularismo indiano”. En tierras pobladas por tantas y distintas comunidades indígenas, el Consejo de Indias dejaba al Virrey la potestad de reconocer formas de organización preexistentes u otras nuevas, fruto de la conquista y la colonización. Entre ellas destaca el municipio implantado por Hernán Cortés en Veracruz y luego en Coyoacán y México. Dicha institución, prototípica de la baja Edad Media europea, agrupaba a los comuneros que se defendieron contra los asedios de reyes, príncipes o invasores (“Fuente ovejuna”). Así el Síndico de la Ciudad de México, Primo de Verdad, inició el proceso de independencia negándose —como en España— a someterse a Napoleón Bonaparte y manteniendo su lealtad a Fernando VII, pero asumiendo la SOBERANÍA mientras durara el cautiverio del monarca.
Sostengo que en nuestro país los municipios son las expresiones primigenias de la soberanía y que como explicó Nettie Lee Benson, las diputaciones provinciales —que eran instituciones representativas— desembocaron en los estados, por lo que históricamente las entidades federativas son una agrupación de municipios. Habría que explicitar por ende en el artículo 115 constitucional que el municipio no es propiamente libre, sino soberano y por lo tanto el fundamento de la organización política y administrativa de los estados y no a la inversa. El Título Quinto de la Constitución debería incluirlos en primer término. Habría que modificar en el mismo sentido los artículos 40 y 41, este último debiera decir que “El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, las Entidades Federativas y los municipios y alcaldías en la esfera de sus respectivas competencias”.
La realidad metaconstitucional es que la federación funciona como un embudo por el que ésta somete a los estados que hacen lo mismo con los municipios. Nuestra organización política es en la práctica vertical, que no horizontal como correspondería a una evolución democrática que ha generado diversos ámbitos autónomos de poder público, que no son necesariamente representativos o “delegativos” como los llamaba Guillermo O´Donnell, sino también directos como la consulta, el plebiscito y el referéndum, así como en los participativos, comunitarios y deliberativos.
Se antoja necesaria una revolución municipalista pacífica y efectiva. Ese fue mi llamado en la reunión a la que me refiero. Debatimos temas cruciales como la elevación a rango constitucional de las agrupaciones de gobernadores (Conago) y de municipios (Conamun); la asociación de municipios contiguos para formar subregiones o comarcas en cada Estado; la formación de nuevos estados de la República cuando un conjunto de municipios hayan adquirido plena identidad y suficiencia, en concreto el Estado de la Laguna y el del Anáhuac en la región este del Estado de México; la legislación pertinente sobre zonas conurbadas y consejos metropolitanas; el pleno reconocimiento de las cuencas geográficas para efectos de desarrollo económico; la superación del sistema migajero de participaciones federales y la transferencia de facultades fiscales a los estados y municipios mediante la celebración cada tres años de Convenciones Nacionales Hacendarias; y la participación de los ayuntamientos en las reformas y adiciones a las constituciones de las entidades federativas. Propongo estas medidas como una necesaria concreción de la 4T.
Diputado federal