La nueva Ley General de Aguas enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo al Congreso de la Unión tiene como gran objetivo garantizar el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico, así como establecer principios de uso equitativo y sustentable.
Es una propuesta integral que respeta el mandato del artículo 27 constitucional, el cual ordena que las aguas nacionales tienen carácter imprescriptible e inalienable y se encuentran bajo el dominio de la nación y, para garantizar su rectoría, se atribuye al Ejecutivo Federal reglamentar su extracción y utilización, así como otorgar concesiones y establecer zonas vedadas conforme a la ley. Es decir, salvaguarda la seguridad y soberanía hídrica como una gran conquista de la Revolución Mexicana.
El nuevo marco jurídico otorga seguridad jurídica tanto a las autoridades como a los usuarios, ya que sienta las bases para un ordenamiento hídrico de largo plazo. En consecuencia, diversos aspectos la diferencian de la obsoleta norma vigente, entre los que destacan:
1. Reconoce que el agua es un recurso natural esencial para la vida, por lo que no debe quedar sujeta a las reglas de mercado ni supeditada a la lógica de la oferta y la demanda por encima de las necesidades humanas y ambientales.
2. Delimita de manera clara las competencias entre federación, estados y municipios.
3. Posiciona en el centro de las decisiones la participación ciudadana, la inclusión de sistemas comunitarios, así como perspectivas de género, interculturalidad y atención a grupos vulnerables, y amplía los mecanismos de consulta y vigilancia mediante consejos de cuenca y obliga la transparencia en la información hídrica.
4. Reconoce el consumo humano y doméstico como un derecho humano garantizado por el Estado, prohíbe la suspensión total del suministro por falta de pago y asegura un mínimo vital de agua.
5. Incorpora como principios rectores de derecho humano al agua, la progresividad, no regresión, equidad intergeneracional, sustentabilidad y la regla in dubio pro agua (en caso de duda, se favorece el derecho humano al agua).
6. Reafirma que el agua no es mercancía y que su gestión corresponde exclusivamente al Estado. De ahí que no habrá más concesiones a las empresas y toda concesión de agua que no sea utilizada para los fines autorizados debe regresar a la Conagua, para que ésta decida una mejor distribución y aprovechamiento de ese recurso.
7. Elimina la transmisión de derechos entre particulares, dispone la reversión de volúmenes no utilizados y protege de manera especial el agua para uso agrícola a fin de garantizar la soberanía alimentaria.
8. Bajo la premisa de seguridad hídrica, la Conagua puede reducir o cancelar volúmenes de concesión si existe riesgo para el consumo humano o la seguridad hídrica nacional.
9. Prevé el establecimiento de un fondo nacional de reserva de agua, utilizando volúmenes recuperados, con el fin de reasignar derechos de agua.
10. Consigna que se perseguirán de oficio los nuevos delitos hídricos, como la transferencia ilegal de agua nacional con multas por lucro; alterar, desviar u obstruir cauces, especialmente si se pone en peligro la vida o los ecosistemas; y manipular equipos de medición para simular un consumo menor.
La propuesta presidencial asume la existencia de la crisis hídrica y los grandes desafíos que tenemos en México para lograr que la ciudadanía vea garantizado plenamente el derecho humano de acceso al agua potable y saneamiento. Por ello, responde a estos retos mayúsculos estableciendo una visión humanista y sustentable como centro y directriz del nuevo marco regulatorio de los recursos hídricos, en el que la prioridad es el uso humano, doméstico y la restauración ambiental, sin dejar de lado el desarrollo social y económico.
La presidenta desde un entendimiento científico y con altura de miras sabe que una adecuada gestión hídrica es fundamental para equilibrar el deber del Estado de garantizar una vida digna.
Activista social
@larapaola1

