Por Antonio Amador
El pasado 8 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que formaliza el control operativo y administrativo de la Secretaría de Marina (Semar) del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM). La resolución señala que este cambio de manos se debe al descuido sistemático de las terminales aeroportuarias, así como al declive de las instalaciones aéreas y al ineficaz cumplimiento de la normativa en seguridad.
La función de la Semar estará encaminada a “coadyuvar en las operaciones de vigilancia, inspección, apoyo y control en el recinto aeroportuario para neutralizar el tráfico de armas, drogas, divisas, mercancía ilegal y evitar el tráfico de personas”. La transición tiene como fecha el próximo 7 de octubre.[1]
Sin embargo, este no es un proceso nuevo. A partir del pasado 21 de febrero de 2022, elementos de la Semar tomaron el control de las instalaciones aeroportuarias y desde entonces son los encargados de la seguridad de dicho recinto. Resulta de particular interés que la Marina asuma el cargo del AICM, considerando que este aeródromo concentra 42% de las operaciones aéreas del país, así como el mayor número de actividades de carga –a pesar de la disminución de 12%, debido a que éstas se realizan ahora, mayoritariamente, en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA)–; asimismo, el AICM ostenta el mayor número de entradas de turistas extranjeros, con una suma de 10 millones 843 mil 486 visitantes en 2022, según datos de la Secretaría de Turismo.
Para coadyuvar en la gerencia y operación del aeropuerto, el mandato presidencial señala la creación de tres empresas que se integrarán al grupo estatal aeroportuario denominado Casiopea: Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V.; Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México, S.A. de C.V., y Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V.
¿Por qué el gobierno federal deposita su beneplácito en elementos de la Secretaría de Marina? Al respecto podemos aventurar dos hipótesis. La primera, es que la Semar goza de la simpatía y la confianza de la ciudadanía, muestra de ello es que en la última Encuesta Nacional de Victimización y Confianza Ciudadana (ENVIPE-2022), resultó ser la institución mejor evaluada, con 89.6 por ciento.
La segunda hipótesis es que la Semar goza también de la simpatía del gobierno de los Estados Unidos. En este marco, resulta de particular interés conocer cuál será la estrategia que implementará la Semar para intervenir en el control de los filtros aeroportuarios, la seguridad aduanera, así como en la atención que brindará a la disminución del tráfico de personas, el trasiego de drogas, divisas, armas y animales exóticos, entre otros delitos cotidianos que se registran en el AICM.
Ya el juicio de Genaro García Luna ha dejado ver las tropelías que durante sexenios ocurrieron en el AICM, y la manera en que servidores públicos se coludían con las diferentes autoridades que confluyen en dicho recinto. Ahora la incursión de la Semar abre múltiples preguntas:
1. ¿El control del AICM por parte de la Semar favorecerá el aumento en las puestas a disposición por delitos contra la salud? ¿Qué aumentará más, la puesta a disposición con detenido o el decomiso de grandes cargamentos?
2. ¿La apuesta de la Semar será la tecnificación y la consolidación de los sistemas de vigilancia en los filtros aeroportuarios?
3. ¿Cómo se llevará a cabo la colaboración de la Semar con otras instituciones –las que queden en el AICM– después de la consumación del grupo Casiopea?
4. ¿Cuáles serán los mecanismos de la Semar para garantizar que no existan colusión eigualas entre grupos delictivos e instituciones?
5. ¿Cuál será la estrategia de la Semar para favorecer la colaboración y el intercambio de información con Estados Unidos en materia de seguridad aeroportuaria?
La seguridad aeroportuaria en México se encuentra en una nueva etapa en la que aún habrá que esperar para conocer los resultados de la intervención de la Semar… a mucho viento, poca vela.
Investigador del Observatorio Nacional Ciudadano
@ant_amar
[1] El texto original se puede consultar en
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5697793&fecha=08/08/2023#gsc.tab=0