El 5 de febrero del 2024, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció un paquete de reformas que transformarán varios aspectos de la Constitución; entre ellos, la eliminación de diputados plurinominales, considerados por el mandatario como “gasto” innecesario en el Poder Legislativo.
Los escaños plurinominales tienen más de 60 años activos en la legislatura mexicana, establecidos el 22 de junio de 1963 tras una reforma al artículo 54 constitucional, propuesta por el entonces presidente, Adolfo López Mateos. Eran tiempos donde el PRI tenía más del 70% de las Cámaras y la democracia parecía un concepto ilusorio, más que una realidad.
Lee también Así surgió el Congreso Constituyente de 1916
Los entonces llamados “diputados de partido” son representantes legislativos que no ganaron una elección popular, sino que son asignados según el porcentaje de votos obtenido por su partido. Su fin, según la reforma sesentera, era representar a sectores que no tendrían presencia legislativa si se mantuviera sólo el sistema de elección directa.
La reforma de 1963 estableció que cualquier organización política requería –mínimo– el 2.5% de votos para aspirar a una diputación proporcional: comenzaría con 5 legisladores y aumentaría con cada medio punto adicional; sin alcanzar ese porcentaje, perdería su registro.
Así se establecieron dos tipos de diputados: los elegidos por mayoría relativa en votación y los asignados proporcionalmente. El pueblo no elige a los plurinominales, sino que da suficientes votos a sus partidos para fortalecer su presencia en cámaras legislativas.
Lee también Casillas especiales, insuficientes desde 1994
Representación de minorías, objetivo de la reforma
El 22 de diciembre de 1962, Adolfo López Mateos, entonces presidente de México, envió al Congreso una reforma a los artículos 54 y 63 de la Constitución –relativos a la diputación federal–, para dar espacio a representantes de minorías dentro del poder legislativo.
De acuerdo con su exposición de motivos, diversos partidos políticos y corrientes sociales veían difícil participar en las cámaras legislativas y “se duelen de que un solo partido mayoritario obtenga casi la totalidad de los puestos de representación popular”.
Lee también El diputado que confesó ser el asesino de Pancho Villa
Se apostó por un “sistema de protección a minorías, dándoles legítima representación en el congreso, [que] permita una oposición organizada que no solamente se concrete a hacer labor de crítica, sino que, además, pueda formar equipos de trabajo y esté en capacidad de formular proyectos que sirvan para el mejor gobierno del país”, apuntó el presidente López Mateos.
De acuerdo con el proyecto del ejecutivo, “el sistema propuesto tendrá como consecuencia la desaparición de partidos que no representen una corriente real de opinión en el país”, pues sin tener el porcentaje necesario, perderían su registro nacional.
Lee también El día en que "se cayó el sistema" y ganó Salinas
La reforma impulsada por Adolfo López Mateos se discutió el 26 de diciembre de 1962 en la Cámara de Diputados; con 124 votos –de un total de 178 diputados– se aprobó el cambio constitucional y se turnó al Senado, que de inmediato ratificó la decisión. Para inicios de junio de 1963, los congresos estatales finalizaron su revisión y aprobación.
El proyecto para defender a las minorías legislativas se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 1963, activo con algunas innovaciones hasta el día de hoy.
Lee también La Constitución que se imprimió por primera vez en papel periódico
Esta casa editorial aseguró, en su edición del 23 de junio, que la modificación al artículo 54 “constituye la más valiosa experiencia democrática con que responde el régimen a críticas de los oposicionistas; ojalá que sirva para oír la verdadera voz del pueblo en discusiones de leyes y no únicamente demagogias con intereses bastardos”.
Reformas posteriores disminuyeron o aumentaron el porcentaje obligatorio
Once años después, el 14 de febrero de 1972, se aplicó una nueva reforma sobre el artículo 54 y disminuyó el porcentaje para obtener representación por partido. Por ese entonces, las organizaciones políticas que alcanzaran 1.5% de votos tendrían curules proporcionales.
De nuevo se cambió la disposición en diciembre de 1977, cuando se eliminó el concepto de diputados de partido y apareció la representación “plurinominal”. Para ese momento, la sala de Diputados aumentó de 228 a 400 curules, con 300 legisladores elegidos por elección directa y 100 proporcionales.
Lee también Así inició la ley del divorcio en México (parte 1)
Para 1986, de nuevo se modificó el artículo y aumentó la capacidad de la cámara a 500 curules, 300 diputados que obtuvieron su lugar por decisión popular y 200 que fueron resultado de distribución proporcional. El dominio del PRI seguía fuerte después de dos décadas, pero al menos había más partidos minoritarios con representación legislativa.
La más reciente reforma se dio en febrero de 2014, durante el mandato de Enrique Peña Nieto, cuando el PRI y el PAN sostenían gran parte de la cámara. Por primera vez en seis décadas, se aumentó el porcentaje mínimo para tener plurinominales, con 3% mínimo de la votación.
Con tal modificación, agrupaciones políticas como el histórico PRD ahora penden de un hilo, pues no alcanzan la proporción necesaria para mantenerse con registro, sin olvidar la latente amenaza de reforma morenista que solicita la reducción de gastos en temas electorales, presupuestos para partidos políticos y, sobre todo, desaparecer a los plurinominales.
- Fuentes:
- Hemeroteca EL UNIVERSAL
- Diputados de partido - Memoria Política de Partido
- Reforma Poder Legislativo - Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Reforma a los artículos 52, 53, 54 y 56 - Secretaría de Gobernación
- Compilación cronológica de modificaciones y procesos legislativos - Constitución de 1917