La Suprema Corte de Estados Unidos resolvió recientemente en el caso Trump v. CASA un tema de enorme importancia. La Corte evaluó si los jueces federales pueden emitir universal injunctions, es decir, suspensiones que frenan la aplicación de una política pública para todas las personas, no sólo para quienes presentaron la demanda.

Todo partió de una orden ejecutiva del presidente Trump que pretendía negar la ciudadanía estadounidense a ciertos niños nacidos en el país, hijos de personas migrantes. La orden señalaba que quienes nacieran en Estados Unidos no serían considerados ciudadanos si su madre estaba en situación migratoria irregular y su padre no era ciudadano ni residente permanente. Una política abiertamente inconstitucional, contraria a la Enmienda 14, que garantiza la ciudadanía a toda persona nacida en territorio estadounidense.

Diversas organizaciones, personas y estados impugnaron la medida, y jueces federales concedieron suspensiones que impedían aplicarla de manera general. Sin embargo, la Suprema Corte resolvió que esas suspensiones rebasan los límites que el Congreso otorgó a la judicatura federal. En su opinión, los jueces solo pueden proteger a quienes demandan, no a toda la población afectada. Dicho de otra forma: incluso si una política del gobierno es abiertamente inconstitucional, los tribunales no pueden detenerla por completo. Solo pueden proteger a quien tuvo los recursos y el respaldo legal para acudir a juicio. Suena duro, y lo es. Porque al final del día, ese razonamiento implica que la protección de los derechos depende de la capacidad individual para litigar. Y aquí es donde vale la pena volver la mirada hacia México.

En nuestro país, el juicio de amparo ha sido una de las principales herramientas para frenar abusos. Pero, por años, solo protegió a quien lo promovía. Durante algunos años hubo personas juzgadoras que otorgaron suspensiones con efectos generales, especialmente en casos que afectaban derechos colectivos —el medio ambiente, la salud, o casos que involucraban reformas estructurales. Sin embargo, esa puerta se cerró por completo hace poco más de un año tras las reformas que actualmente prohiben expresamente las suspensiones con efectos generales. Lo mismo ocurre tratándose de juicios de amparo que resuelven la inconstitucionalidad de normas generales, donde la constitución expresamente señala que en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales.

Ahora con lo que ocurre en Estados Unidos y que tendrá un impacto desproporcionado en la comunidad migrante, hemos de preguntarnos ¿de qué sirve un tribunal constitucional si no puede frenar una injusticia para todas las personas? ¿Qué sentido tiene declarar inconstitucional una ley si esa declaración no cambia nada para quienes no aparecen en el juicio aún cuando se encuentran en la misma situación?

La justicia no puede ser una carrera de obstáculos. Tampoco puede depender del momento político ni de quién tiene los recursos para llevar su caso a tribunales. Si reconocemos que una política es inconstitucional, como parece serlo la orden ejecutiva en cuestión, ¿por qué no evitar que afecte a todas las personas que se encuentran en el supuesto ahí establecido?

Ahora bien, ni en Estados Unidos ni en México se han cerrado todas las vías. Aunque la Corte estadounidense limitó las suspensiones generales, dejó abierta la posibilidad de utilizar las acciones colectivas como una herramienta para proteger a grupos enteros. Es un camino más complejo, que exige cumplir requisitos estrictos —como demostrar que existe un grupo claramente identificable, con hechos comunes y representantes adecuados—, pero aún permite buscar efectos más amplios. En nuestro país aún existe la declaratoria general de inconstitucionalidad y la posibilidad de demandar vía amparo omisiones legislativas así como las omisiones administrativas.

En este contexto, el papel de las y los abogados se vuelve crucial. Aunque las herramientas legales parezcan limitadas, es indispensable usar con creatividad y convicción los recursos aún disponibles para acercar la justicia a la mayor cantidad de personas. Ya sea a través del amparo, de las acciones colectivas o de estrategias legales que amplifiquen el impacto de un solo caso, la abogacía tiene la responsabilidad de ensanchar los márgenes de lo posible. Porque incluso cuando el marco legal parece estrecho, siempre hay espacio para hacer del derecho una herramienta que sirva a todas las personas.

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