Si la interpretación del derecho fuera unívoca e inequívoca, en vez de jueces necesitaríamos computadoras. Pero no es así, pues todo en esa materia es tan debatible como las circunstancias que moldean cada conducta. Por eso, como lo han probado autores como Ronald Dworkin, la posición, la formación y los principios que encarnan los jueces son tan relevantes como la claridad y la precisión de las normas. Y tanto más, cuanto que aun con reglas técnicamente impecables, quien dice el derecho son los seres humanos.
Por eso es tan preocupante la reforma judicial que está en curso: si las y los jueces se sienten obligados a honrar el programa y la ideología política que los llevaron al cargo, actuarán por consigna, aunque nadie se los ordene. Apenas el 2 de julio pasado, la segunda sala de la Corte nos regaló un ejemplo perfecto para ilustrar ese riesgo.
Al someterse a votación el amparo en revisión sobre el caso de Lorenzo Córdova, quien aparece en los nuevos libros de texto gratuitos con nombre y apellido, comparado con los nazis del Siglo XX —usando como evidencia la transcripción de una llamada telefónica grabada ilegalmente, en la que criticó con sorna al líder de una agrupación de pueblos indígenas— dos ministras proclives al régimen votaron en contra de retirar ese párrafo de la educación básica y obligaron a que el caso siga sin resolverse.
En la sesión pública, los ministros Laynez y Pérez Dayán votaron a favor del amparo solicitado por Córdova, pero Yasmín Esquivel y Lenía Batres, futuras presidentas del máximo tribunal, votaron en contra. La primera no dijo nada, pero la segunda (la ministra Batres) dijo que votaba “en contra de otorgar el amparo por protección del derecho al honor de esta persona y en favor del derecho a la información y de la educación contra la discriminación de las y los niños mexicanos”.
En un artículo reciente publicado por EL UNIVERSAL, Ernestina Godoy (Consejera Jurídica de la presidencia) discutió que es mentira que “el gobierno podrá intervenir tu información privada, como tus redes sociales”. Y para desmentir esa afirmación cita el Artículo 16 de la Constitución que, entre otras cosas, establece que: “Las comunicaciones privadas son inviolables. La ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía, excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por alguno de los particulares que participen en ellas. El juez valorará el alcance de éstas, cuando contengan información relacionada con la comisión de un delito” (véase: ¿Ley Espía? ¡Falso!).
Tiene razón la consejera jurídica: grabar conversaciones telefónicas sin consentimiento y divulgarlas de cualquier forma, es un delito. En efecto, la Constitución lo prohíbe taxativamente. Pero las dos futuras presidentas de la Suprema Corte de Justicia opinan otra cosa y son ellas quienes interpretan en última instancia (y lo seguirán haciendo tras ganar las elecciones judiciales) los derechos consagrados en la Carta Magna. Para Lenia Batres, Córdova carece de derechos por haberse burlado, en privado y con un amigo, de un líder indígena; y considera, en cambio, que las y los niños de México merecen ser informados y educados usando una grabación clandestina que, sin lugar a dudas, acredita un delito imputable a quien la grabó y a quien la difunde a sabiendas de su ilegalidad.
El caso revela, con nitidez, lo que está sucediendo y anticipa lo que nos espera. Todos sabemos que Lorenzo Córdova ha cargado con el encono explícito del régimen desde hace años. Pero hoy sabemos, también, que dos de las ministras recién reelectas prefieren hacer política según los parámetros de su líder, que obedecer el mandato constitucional del país. Detrás de esa decisión, escucho: “No me vengan con que la ley es la ley”.
Investigador de la Universidad de Guadalajara