Tal vez sea correcto afirmar que vivimos bajo un nuevo régimen político. Se ha hablado tanto ya del cambio, que es probable que sí haya ocurrido. En todo caso vale la pena conocer en qué consiste ese cambio y qué permanece.
Empecemos por el principio. ¿Qué es un régimen político? En palabras de Ariel Rodríguez Kuri, “es la implantación de otro sistema de precedencias y legitimidades entre los poderes y con la sociedad”.[1] Para aclarar conviene diferenciarlo de lo que se entiende por sistema político. El régimen, dice Luis F. Aguilar, “denotará la juridificación normativa universal de las relaciones sociales de poder históricamente existentes…mientras que ‘sistema’ denotará las mismas relaciones de poder existentes y actuantes realmente en una sociedad”.[2] En otras palabras: el régimen refiere a la forma de gobierno que radica en los arreglos constitucionales. Si esto se modifica, el régimen cambia. Bien, ¿en México tenemos un nuevo régimen? Sí y no. Me explico.
Si uno analiza la cascada de reformas constitucionales que se aprobaron en el último periodo legislativo, parecería que sí tenemos un nuevo régimen. Destaco dos reformas que no sólo cambian una esfera normativa en particular, sino el “sistema de precedencias y legitimidades” del poder político en el país. La primera, obviamente, es la reforma judicial. La reforma no sólo cambia la dinámica interna del poder Judicial, sino que le impone una fuente de legitimidad distinta. Al someterlo a la urna, lo dota de representación política, equiparando su racionalidad con la de los otros dos poderes, el Legislativo y el Ejecutivo, que también obedecen al mandato popular. Fuera de los vicios de la reforma, el simple hecho de haberla aprobado modificó la forma en que los tres poderes se relacionan y se relacionarán en un futuro. Véase lo evidente: aunque todavía no hay elección de jueces, el actuar del Poder Judicial ya no es el mismo, como tampoco los de los otros poderes hacia éste. Sirva de ejemplo el ridículo reciente de las suspensiones, el Tribunal Electoral y las tómbolas en el Senado. Esto ya cambió. Lo que en algún momento parecía no sólo ilegítimo sino absurdo se ha convertido en fuente de legitimidad.
La segunda fue la reforma militar. Digo militar porque quiero enfatizar que no fue una reforma sólo en materia de Guardia Nacional. Fue una reforma que modifica el sistema de precedencia entre el poder civil y el poder militar, otorgándole una prioridad a este último. El cambio al 129 constitucional que permite el actuar de las fuerzas armadas en tiempos de paz, no sólo legitima de manera distinta a los generales, sino que les otorga un poder político sin precedentes, modificando así los equilibrios constitucionales, es decir, el régimen que tenemos.
Ahora bien, la interpretación de estos cambios puede ser otra. Las reformas pueden ser vistas no cómo un cambio de ingeniería constitucional, sino como la consolidación del presidencialismo mexicano de antaño. Las facultades de la presidencia se han mantenido incólumes. El Ejecutivo es el poder preponderante, vector del poder político en México. En el horizonte no hay señales de cambio en este sentido. No hay visos, por ejemplo, de introducir elementos parlamentarios, ni de acotar al Ejecutivo en ningún sentido. La traza de esta interpretación desemboca no en un cambio de régimen, sino en el fortalecimiento del existente.
En conclusión, ¿hay nuevo régimen? Como dije, sí y no. El tiempo, como siempre, tendrá la última palabra.
Abogado y analista político
X: @MartinVivanco
[1] Rodríguez Kuri, Ariel, “Mi cambio de régimen (o el optimismo como recurso político)”, Nexos, enero de 2024, disponible en: https://redaccion.nexos.com.mx/mi-cambio-de-regimen-o-el-optimismo-como-recurso-politico/
[2] En Medina Peña, Luis, Invención del sistema político mexicano. Forma de gobierno y gobernabilidad en México en el siglo XIX, Fondo de Cultura Económica, 2007, p.19.