El próximo lunes los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación buscarán dejar fuera del sistema judicial mexicano la figura de la prisión preventiva oficiosa, una apuesta que marcará uno de los más importantes avances en materia de derechos humanos en la historia del país, ya que actualmente hay más de 92 mil hombres y mujeres en las cárceles mexicanas que aún no tienen sentencia y a los que se les ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia.
Para el ministro Arturo Zaldívar una votación aprobatoria significará dejar un legado mucho más importante que cualquiera de los que hasta el momento pueden ofrecer el gobierno de la 4T y el presidente Andrés Manuel López Obrador, además de que se perderá el fundamento de su estrategia de seguridad o por lo menos de una fórmula de legitimación política y social basada en la aprehensión de exfuncionarios sin un proceso judicial concluido, acusados principalmente de delitos de delincuencia organizada o desaparición forzada, como el caso de Jesús Murillo Karam.
La discusión en el pleno se centrará en el proyecto de resolución del ministro Luis María Aguilar respecto a la Acción de Inconstitucionalidad 130/2019, así como sobre la propuesta de sentencia de la ministra Norma Lucía Piña para el Amparo en Revisión 355/2021. Ambos coinciden, desde distintas perspectivas, en que la prisión preventiva oficiosa, considerada en el Párrafo Segundo del Artículo 19 Constitucional, puede llegar a ser restrictiva de los derechos humanos, mismos que el Estado mexicano se ha obligado a reconocer a través de tratados internacionales.
El Artículo 1 de la Carta Magna lo dice a la letra: “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”, y tomando en cuenta las tendencias de resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el multicitado caso de Daniel García y Reyes Alpízar —quienes cumplieron en México 17 años en prisión preventiva—, el carácter de “oficiosa” es un concepto que constitucionalmente deberá desaparecer.
El mapa de votos de los ministros se muestra hasta el momento favorable para el proyecto; según el escenario que se construye con información de la propia Corte estarían por eliminar la prisión preventiva oficiosa el ministro presidente Arturo Zaldívar, además de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Norma Lucía Piña, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara y el ponente Luis María Aguilar. Son seis de los ocho votos que se necesitan para declarar inconstitucional este concepto responsable hasta del 40% de la población carcelaria.
En contra de la sentencia, y alineadas con la postura del gobierno federal, se muestran las ministras Yasmín Esquivel Mossa, considerada la carta de López Obrador para asumir la presidencia de la Corte a principios del siguiente año, y Loretta Ortiz Ahlf, renombrada y estudiosa defensora de los derechos humanos que, en esta ocasión —como en el asunto de la Ley de la Industria Eléctrica—, prefirió defender los intereses de su líder político. Quedan en duda por indecisión los votos de los ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez y Jorge Mario Pardo.
El espíritu de la sentencia construida principalmente por Luis María Aguilar no pretende eliminar la figura de prisión preventiva como medida cautelar, sino que insta a los jueces de control a revisar a profundidad cada caso y a no otorgar el encarcelamiento de oficio, incluso para los delitos que hoy en día lo ameritan según el texto constitucional. Más importante aún, obliga al Ministerio Público a fortalecer argumentos para solicitar la medida, de tal manera que, si se obtiene ésta sea plenamente justificada.
La idea es, al parecer, la misma que tiene en la cabeza el presidente Andrés Manuel López Obrador: analizar caso por caso para acabar con las injusticias y optimizar el trabajo de todos los ministerios públicos del país.
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