En 2022 se conmemoran 30 años de la creación de los tribunales agrarios, a partir de la reforma al artículo 27 de la Carta Magna, en materia agraria.
Significan la aplicación de un modelo de justicia agraria en el que la Presidencia de la República dejó de ser la máxima autoridad agraria, creándose órganos jurisdiccionales con autonomía plena para dictar sus fallos.
Significan 30 años de reconfiguración de las controversias agrarias. Hasta 1992, el tema más representativo era el acceso a la tierra y las controversias que se derivaban del reparto agrario, pasando ahora a la configuración regional de las mismas, atendiendo al uso de suelo y los recursos naturales existentes. Predominan las controversias individuales por sucesión, los conflictos agrarios por derechos colectivos disminuyeron significativamente.
Significa reconocer, a nivel constitucional, que los ejidos y las comunidades son propietarios de sus tierras, provistos de atribuciones para delimitar, destinar y asignar derechos, así como adoptar el dominio pleno de sus parcelas ejidales.
Treinta años fue tiempo suficiente para determinar aquello que se requiere actualizar, con base en el transcurso del tiempo, las controversias más recurrentes y la evolución de la sociedad pasando de una menos local o más global. Hay que aprovechar el avance de México respecto de la propiedad de la tierra, una reforma redistributiva, justicia para pueblos indígenas y un nuevo paradigma de desarrollo más incluyente con los ejidos y comunidades y sus integrantes.
Los Tribunales Agrarios han trabajado para acrecentar la confianza de los justiciables, acreditando que la justicia agraria es rápida, le sirve a la gente, y resuelve los problemas de la tierra. Trabajan este año con máxima celeridad para dar impulso procesal a los asuntos que fueron instaurados en 2019 y años anteriores.
Durante el presente año, el propósito es concluir los juicios agrarios de mayor antigüedad y sólo queden en trámite asuntos iniciados en 2020 y 2021 y, excepcionalmente, de años anteriores. Así mismo, de cumplir cabalmente con los principios que rigen el juicio agrario: celeridad, oralidad, inmediatez, amigable composición y honestidad, entre otros.
La justicia agraria debe ser gratuita: nadie puede cobrar por los servicios ni por el sentido de una sentencia. Toda denuncia que se presente, será investigada y determinada, es indispensable erradicar la corrupción de la práctica judicial.
Un elemento esencial de la efectividad de la justicia es su oportunidad: los órganos jurisdiccionales tienen la obligación de conducir el proceso de manera rápida y ágil.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha puntualizado que el parámetro para evaluar el plazo razonable para la resolución de un asunto no consiste en la cantidad de actos que se plasmen en el expediente, sino su eficacia.
La ejecución es parte integral del proceso: analizar el plazo razonable incluye revisar los actos de ejecución.
En los Tribunales Agrarios se trabaja en el fortalecimiento de la carrera judicial, utilizando de forma creciente las Tecnologías de la Información y la Comunicación; celebrando Visitas de Inspección semestrales a los Tribunales Unitarios Agrarios, y fortaleciendo la colaboración interinstitucional.
La justicia agraria debe ser respetuosa de los derechos humanos, rápida y con un proceso eficaz, rindiendo cuentas a la sociedad, y contribuir a fortalecer el estado de derecho, base del desarrollo con instituciones fuertes y pleno respeto a los derechos de propiedad de la tierra.
Magistrada Presidenta del Tribunal Superior Agrario
TW: Maribelmendezd3
para recibir directo en tu correo nuestras newsletters sobre noticias del día, opinión, planes para el fin de semana, Qatar 2022 y muchas opciones más.