Aunque la atención a este tema es relativamente reciente se sabe sin lugar a dudas que la contaminación auditiva tiene efectos perjudiciales sobre la salud. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud la exposición al ruido produce alteraciones del sueño; trastornos psicológicos como ansiedad, irritación y estrés; efectos negativos en el sistema cardiovascular y metabólico; así como un deterioro cognitivo en los niños entre otros efectos dependiendo de la intensidad y el tiempo de exposición a un ruido.
En 2017, un estudio del Foro Económico Mundial ya consideraba a la Ciudad de México como la octava metrópoli del mundo con mayor contaminación acústica. La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial ha recibido un promedio superior a las 800 denuncias por año en materia de ruido desde el año 2015 al 2021, hasta llegar a ser el segundo tema más denunciado en el 2021, solo por debajo de las denuncias en materia de maltrato animal y por encima de las denuncias por construcciones irregulares.
Las denuncias por ruido más frecuentes están asociadas a la presencia de antros, restaurantes, bares y salones de fiestas, donde es común que se escuche música a alto volumen, así como al ruido causado por establecimientos mercantiles de venta al menudeo que utilizan bocinas para promocionar su mercancía. Aunque también está el ruido provocado por maquinaria, plantas de luz, aires acondicionados o equipos de industria y obras.
La tendencia de planeación de ciudades en el mundo es tener usos de suelo mixtos, no obstante los usos de suelo dentro de zonas habitacionales deben exceptuar las actividades de alto impacto vecinal, como son precisamente los restaurantes-bar, por lo que los nuevos diseños de planeación urbana toman en consideración mapas de ruido para no seguir causando molestias por ruidos y vibraciones a los vecinos.
PAOT lleva dos décadas atendiendo denuncias y emitiendo resoluciones a partir de las mediciones de decibeles en los puntos de denuncia, de conformidad con la Norma Ambiental NADF-005-AMBT-2013 que establece los límites máximos permisibles de emisiones sonoras, así como las especificaciones técnicas de los equipos y procedimientos de medición. Desafortunadamente las Alcaldías han sido omisas en la atención de la contaminación por ruido pese a contar con facultades específicas en la materia.
La Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, obliga a los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal e impacto zonal (restaurantes y bares principalmente) a instalar aislantes de sonido para no generar emisiones por encima de los niveles permitidos por la norma y les corresponde a las Alcaldías otorgar o negar los permisos de operación y ordenar visitas de verificación y vigilancia, a efecto de que dichos establecimientos mercantiles cumplan con las obligaciones que les impone la ley.
En la PAOT se hizo un breve análisis con una muestra de 14 expedientes de denuncias por ruido en las Alcaldías Benito Juárez, Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc, Coyoacán y Tlalpan. Dicho análisis muestra fehacientemente que la PAOT ha informado puntualmente sobre diversos establecimientos mercantiles dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales, que rebasaron los decibeles de ruido permitidos por la Norma Ambiental, sin que hasta la fecha las Alcaldías hayan revisado, condicionado, vigilado o negado los permisos de operación de dichos establecimientos mercantiles, al incumplir con su obligación de instalar aislantes de sonido, pese a contar con la evidencia de la contaminación auditiva que generan.
La PAOT seguirá atendiendo esta creciente problemática a partir de dos vías: a) La suspensión de establecimientos mercantiles ruidosos, pues desde finales del 2019 a la fecha hemos suspendido las actividades de 16 establecimientos mercantiles ruidosos; y b) Una estrategia de prevención con gremios como la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC) y la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX– Ciudad de México), con objeto de difundir entre sus miembros y asociados, las obligaciones en materia de ruido a las que están sujetos y recomendaciones para cumplirlas.
No obstante ello, corresponde a todas las autoridades de la Ciudad de México hacer su labor de acuerdo con sus facultades y competencias. Por ésta razón y con base en el análisis de una muestra de expedientes de ruido, emitimos una Recomendación a todas las Alcaldías de la Ciudad de México, para que vigilen el control de la contaminación acústica generada por los establecimientos mercantiles de impacto zonal e impacto vecinal que por ley les corresponde regular.
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