El pasado jueves, la Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó la sentencia del Caso González Méndez y otros vs. México. La Corte condenó al Estado mexicano por la desaparición forzada de Antonio González Méndez, quien es un indígena maya ch’ol que formaba parte de las bases de apoyo del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Antonio fue desaparecido en 1999, en un contexto en donde el gobierno mexicano, y en particular la Secretaría de Defensa, financiaban y entrenaban a grupos paramilitares en todo Chiapas para acabar con el EZLN. Asimismo, el Tribunal internacional condenó a México por las afectaciones sufridas por la esposa y tres hijos de Antonio, quienes tuvieron que salir a trabajar al campo desde una edad muy temprana y descartar sus estudios.
Este caso se suma a la lista de condenas de México ante la Corte IDH. Junto con los casos de Radilla Pacheco y Alvarado Espinoza y otros, es una sentencia de desaparición forzada. Estos tres casos ocurrieron en épocas distintas, pero comparten un elemento: en todos participaron directa o indirectamente elementos del ejército mexicano. El caso Radilla ocurrió durante la Guerra Sucia, en donde el ejército mexicano participó activamente en la desaparición y ejecución arbitraria de personas en Guerrero. El caso Alvarado Espinoza ocurrió en 2009, en el contexto de la guerra contra el narco y la militarización de la seguridad pública, esta vez en Chihuahua. Ahora, el caso González Méndez se enmarca en la participación del ejército en la represión del ELZN en Chiapas en los 90s. Aquí, aunque la desaparición no fue perpetrada directamente por elementos del ejército, sí fue facilitada por ellos, pues se probó que la Sedena financió y capacitó a los grupos paramilitares encargados de reprimir a los zapatistas en Chiapas.
En cuanto a la participación del ejército, también se parece a los casos Rosendo Cantú, Fernández Ortega y Cabrera García y Montiel Flores.
De 13 casos en los que la Corte IDH ha condenado a México por violar derechos humanos, en por lo menos 6 de ellos han participado militares. ¿Qué nos quiere decir eso? La sentencia confirma y demuestra lo que ya sabemos: el ejército mexicano, a lo largo de su historia, se ha caracterizado por violar derechos humanos y reprimir a la población, sobre todo a aquellos grupos y pueblos indígenas organizados para luchar por un cambio. Pero esto ya no nos conmueve. Tampoco aprendemos nada de estas sentencias, a pesar de que el patrón es claro.
Tristemente, las condenas de la Corte IDH no le significan nada al gobierno mexicano. Parece ser que la responsabilidad internacional de un país en la desaparición forzada de una persona ya es cosa común o no es importante. No encontré que la presidenta Claudia Sheinbaum le haya dedicado algunas palabras o un espacio a este caso, cuando tendría que ser todo un escándalo: un tribunal internacional constató la existencia de grupos paramilitares en Chiapas, respaldados y fomentados por el Ejército, creados con el objetivo de destruir al ELZN.
Es irónico pensar que nuestra Presidenta y su gobierno dicen proteger a los pueblos indígenas, pero no le dan la importancia a una sentencia que condena la desaparición de una persona indígena, así como la existencia de una política de gobierno desplegada sistemáticamente para reprimir el movimiento indígena zapatista.
¿Cuál será la actitud del gobierno ante esta condena? ¿Adoptará las medidas de reparación ordenadas, entre las cuales se encuentra la orden de registro único y actualizado de personas desaparecidas, que permita determinar claramente en qué casos se trata de “desapariciones forzadas”? ¿O adoptará la misma actitud que Adán Augusto hace casi dos años, quien dijo que la Corte IDH le faltaba el respeto a México?
@MaiteAzuela