A menos que ocurra algo verdaderamente estrambótico y la mayoría de las y los ministros contradigan radicalmente el criterio que sostuvieron el 8 de mayo pasado, cuando 9 de ellos determinaron que las dos primeras leyes que conformaban del “Plan B” eran inconstitucionales, pues el Congreso había violado de manera grave el proceso legislativo correspondiente en su aprobación; el día de hoy la SCJN aprobará el proyecto que le ha presentado al Pleno el Ministro Javier Laynez que, por las mismas razones que en caso anterior, propone declarar la inconstitucionalidad de las cuatro leyes restantes que fueron modificadas con dicho intento de reforma electoral.

El “Plan B”, aprobado de manera arbitraria por la mayoría oficialista en el Congreso, sin el consenso político necesario que debe implicar la modificación de las reglas del juego electoral, sin diagnósticos e información adecuada y sin una mínima discusión pública que hubiera permitido valorar adecuadamente sus implicaciones (en su inmensa mayoría negativas), pasará a la historia como el más grave intento de regresión autoritaria que se haya pretendido en el último medio siglo.

Es una gran noticia para nuestro sistema democrático que esa reforma haya sido abortada por la Suprema Corte, garante de nuestro orden constitucional, como resultado de la defensa jurídica que las minorías parlamentarias, los partidos de oposición y algunos órganos electorales del país, encabezados por el INE, detonaron en contra de esa intentona autocrática.

Así, hoy quedará definitivamente confirmado que las elecciones de 2024 se organizarán con las reglas y procedimientos que han estado vigentes desde 1994 y que a lo largo de casi una década de elecciones libres y auténticas le han dado al país, luego de 334 procesos electorales exitosamente realizados, el periodo de estabilidad política y gobernabilidad democrática más largo de su historia.

Lamentablemente, con seguridad, en los próximos días tendrá lugar una furibunda reacción de los circuitos gubernamentales que, me parece, se desplegará al menos en tres planos:

a. Seguramente se va a recrudecer la andanada de agresiones discursivas en contra de la SCJN y de sus miembros, acusándolos de militar en contra de los intentos de presunta transformación. Frente a ello, tocará fortalecer el blindaje social a la Corte que es el más importante, y lamentablemente muy exigido, baluarte del estado de derecho.

b. Es probable que se busque construir la idea de que puede ocurrir un posible fraude en las próximas elecciones. No olvidemos que el mismo Presidente de la República justificó su reforma electoral afirmando que tenía el propósito de “evitar que siga habiendo fraudes”; por lo tanto, si dicha reforma fracasó, desde su lógica, esa posibilidad sigue abierta. Es el mismo libreto que han seguido líderes autoritarios como Trump y Bolsonaro y que le permite a jugadores democráticamente desleales afirmar, por un lado, que su eventual triunfo ocurrió a pesar del fraude y, por otro lado, que su eventual derrota fue provocada por el fraude. Frente a esa posibilidad toca explicar, de manera muy pedagógica, por qué el sistema electoral que seguimos teniendo cuenta con las garantías institucionales y procedimentales suficientes para impedir que la voluntad ciudadana expresada en las urnas se altere.

c. Finalmente, sin duda se incrementarán las presiones sobre el INE, que nuevamente tendrá que demostrar de qué está hecho y no claudicar en el ejercicio autónomo e independiente de sus funciones, y sobre el TEPJF —garante último de la legalidad y la constitucionalidad en materia electoral— que, afortunadamente, con una serie de recientes resoluciones ha reafirmado su independencia e imparcialidad y ha reconducido el orden jurídico violado por jugadores que no tienen mucho empacho en transgredir (bajo la premisa de que “no me vengan con que la ley es la ley”) las reglas del juego democrático que nos hemos dado.

A la democracia tendremos que seguirla cuidando y defendiendo, pero hoy, gracias a la SCJN, es un día de celebración y regocijo democrático.

Fe de errores: En mi artículo de la semana pasada referí por error dos artículos del Reglamento de Fiscalización del INE (193 y 194.1.a), cuando los preceptos correspondientes de la LEGIPE son, respectivamente, el 227 y el 226.2.a que establecen literalmente lo mismo, pues dicho Reglamento transcribe, en sus términos, lo que dice la Ley. Ofrezco por ello una disculpa a mis gentiles lectores.

Investigador del IIJ-UNAM


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