Entre tantos temas jurídicos que dejaron correr necesaria tinta, pasó un tanto desapercibido el cumpleaños 200 de nuestra República. Efectivamente, fue en 1824 cuando se promulgó la Constitución que vio nacer formalmente al Estado Mexicano, tres años después de la consumación de la independencia.
Se ha escrito mucho sobre la Constitución del 24 y de los debates entre federalistas y centralistas. Se recuerdan las intervenciones de Fray Servando, Lucas Alamán, Ramos Arizpe y Carlos María Bustamante. En este bicentenario, decidí cambiar el enfoque y leer de nuevo esa Constitución en clave de derechos. Esto, porque generalmente lo que se destaca de ella es su parte orgánica y no los derechos aislados que quedaron ahí plasmados.
La Constitución del 24 tuvo vida azarosa porque en el país continuó por muchos años la inestabilidad política. La República Federal tuvo una pausa con las leyes centralistas del 36, pero recobró su vigencia hasta que finalmente fue sustituida por otra que mantuvo al Estado Federal en 1857.
¿De qué derechos se hablaba en la Constitución hace 200 años? Se plasmaron el derecho a la igualdad; a la libre manifestación de las ideas; a la propiedad; el acceso a la justicia y al debido proceso; a votar y ser votado; al progreso y a la prosperidad; a la ilustración y al reconocimiento de los derechos de autor.
Me llamó la atención lo relacionado con la Ilustración, nombre usado en referencia al siglo de las luces europeo. En la Constitución se estableció que el Congreso debía promover la ilustración mediante el establecimiento de colegios militares y de ingenieros; así como centros educativos donde se enseñaran las ciencias naturales, las ciencias políticas y morales o las artes y lenguas, sin perjudicar la libertad que tenían las legislaturas de los estados en materia de educación.
El derecho a la ilustración iba acompañado del derecho al progreso y a la prosperidad. Estos derechos se hacían depender del avance de la industria, la ciencia y la tecnología, así como de contar con más y mejores comunicaciones. Se decretaba, desde la Constitución, la apertura de caminos y canales, además de establecer postas y correos como medios indispensables de información y comunicación. Por ello, se incentivó la formación del Colegio de Ingenieros y las especializaciones en minas, ensayadores, beneficiadores de metales, apartadores de oro y plata, agrimensores, geógrafos, cartógrafos y naturalistas.
Llama la atención que, en la Constitución de 1824, se plasmaron los derechos de autor. Específicamente se habla del otorgamiento de derechos exclusivos a los autores por sus respectivas obras y de fomentar el progreso de las ciencias y las artes útiles asegurando a los autores e inventores por un tiempo limitado el derecho exclusivo sobre sus respectivos escritos y descubrimientos. Esto fue influencia de la Constitución de Estados Unidos y de las discusiones que tuvieron en su momento en aquel país Thomas Jefferson y Benjamín Franklin.
La Constitución del 24 dejó plasmado lo que en ese momento resultaba más relevante para construir la nueva nación. Cumplió su función en los momentos históricos en que tuvo vigencia, aunque, con ojos de siglo XXI, veamos incipiente el desarrollo de los derechos, pero a la vez sentó las bases del futuro desarrollo. Largo sería el devenir y firmes las bases que dieron cimiento a nuestra actual República.
Catedrática de la UNAM
@leticia_bonifaz