Este 5 de junio celebramos por 52 años consecutivos el Día Mundial del Medio Ambiente, desde que, en la Conferencia de Estocolmo, se acordó celebrar este día para profundizar en la conciencia ambiental. Cabe destacar que, de los derechos humanos reconocidos en el Sistema Internacional de los Derechos Humanos, particularmente de los derechos sociales, el derecho humano a un medio ambiente sano es el más regulado internacional y nacionalmente.
Internacionalmente, se han firmado 45 tratados internacionales sobre medio ambiente: protección de los Andes, Antártica y Mediterránea, desechos peligrosos, prohibición de armas químicas y biológicas, ensayos nucleares, protección de especies, contaminación transfronteriza, biodiversidad global, contaminantes persistentes, acceso a la justicia ambiental, reducción de emisiones, transporte seguro, cambio climático, prohibición de contaminación, sustancias agotadoras, recursos fitogenéticos, humedales importantes, asistencia nuclear, seguridad nuclear, responsabilidad nuclear, residuos peligrosos, protección del ozono, participación pública, contaminación transfronteriza, conservación marina, cooperación marina, desarrollo sostenible, contaminación del aire, comercio de especies, accidentes industriales, protección marina, protección Báltica, gestión de residuos, contaminación atmosférica, contaminantes volátiles, contaminación metálica, contaminantes persistentes, contaminación múltiple, evaluación ambiental, cooperación climática, cooperación regional, consentimiento previo.
Nacionalmente, México tiene al menos 17 leyes en materia ambiental: la Ley General de Cambio Climático, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Planeación y Transición Energética, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas, la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la Ley Federal de Variedades Vegetales y la Ley Federal de Sanidad Vegetal y la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental y la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares. Además, prácticamente todas las leyes que regulan actividades económicas contienen capítulos dedicados a la regulación ambiental en su materia.
De estas leyes se derivan, además, cientos de reglamentos, normas oficiales, programas, decretos y declaratorias, entre otras normas, que el Poder Ejecutivo ha emitido para proteger áreas, sitios, biodiversidad, equidad transgeneracional o actividades sustentables.
Por su parte, el Poder Judicial de la Federación ha publicado al menos 36 tesis jurisprudenciales para proteger el derecho humano a un medio ambiente sano.
Sobre la eficacia de esta regulación, podemos advertir que en el mundo ha contribuido determinantemente a controlar la lluvia ácida con la reducción y captura de emisiones de azufre; a restaurar la capa de ozono; a reducir considerablemente el uso del plomo y el asbesto en los productos de consumo humano, y a expulsar la industria pesada del interior de las ciudades.
El reto actual de mayor importancia ambiental reside en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. La normativa que se emita será fundamental para este objetivo existencial para la civilización humana y para la vida en general.
Una última reflexión: lejos de lo que se suele afirmar, menos normas no generan mejor convivencia humana. Y más, mayor normativa (obviamente, pertinente) protege de mejor manera los derechos colectivos y sociales.
Lenia Batres
Ministra SCJN
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