El 26 de noviembre de 2007, la Asamblea General de las Naciones Unidas determinó que el 20 de febrero de cada año se conmemore el Día Mundial de la Justicia Social. Sirve la fecha para reflexionar sobre las condiciones materiales en que se encuentra cada pueblo, la satisfacción de sus necesidades básicas: alimentación, salud, vivienda, trabajo, educación, acceso al agua potable, seguridad social y un ambiente sano.
Del disfrute de esos derechos sociales depende que una persona pueda ejercer sus derechos individuales: libertad de expresión, derecho a la recreación, libertad de religión, libre tránsito, a participar en las decisiones políticas y cualquier otro derecho que implique ejercer la libertad personal.
Quien no puede elegir, quien no puede dirigir su destino, quien vive esclavizado en intentar satisfacer sus necesidades básicas, no puede ejercer su dignidad. Por eso, la justicia social busca la distribución equitativa de los bienes y servicios disponibles para una comunidad. Parte, por supuesto, de una premisa filosófica de igualdad básica entre todos los seres humanos: Todos tenemos derecho a existir dignamente.
A partir de ahí la humanidad ha venido formulando el reconocimiento jurídico de derechos sociales atribuibles universalmente o dirigidos a impulsar el desarrollo de colectividades específicas con menos oportunidades sociales.
Justicia social significa indispensablemente y en primer lugar acabar con la pobreza y eliminar cualquier justificación de la desigualdad social. Justicia social es sinónimo de desarrollo individual y colectivo.
Hoy en día tenemos una amplia plataforma de mecanismos internacionales que vienen facilitando la aplicación tanto de recursos públicos como la determinación de normas jurídicas dirigidas hacia los particulares, encaminados a satisfacer derechos sociales.
Doctrinariamente han sido fundamentales las observaciones emanadas del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, que ha logrado desmembrar los aspectos básicos que requieren regularse y satisfacerse con relación a cada uno de los derechos sociales reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).
En México hemos ido ampliando la noción de que es posible e indispensable que nuestra sociedad atienda el bienestar social. Vivimos el mayor reconocimiento de derechos sociales en nuestra historia, incluso por encima de la DUDH, acompañados, además, de su instrumentalización a partir de los principios de universalidad, gratuidad y progresividad.
Mientras avanza la noción de justicia social a nivel ejecutivo y legislativo, sin embargo, en el plano jurisdiccional seguimos muy lejos de coadyuvar a proveer justicia social. De las 258 mil tesis aisladas y jurisprudenciales que ha emitido el Poder Judicial a partir de la Constitución de 1917, únicamente 195 se han referido a hacer facilitar el ejercicio del derecho a la salud, 70 al derecho a la educación, 30 al derecho a la vivienda y solo 13 al derecho humano al agua.
El Poder Judicial ha estado concentrado en los derechos individuales, incluso concediendo tal carácter a los derechos económicos de las corporaciones, por eso se registran muchos más criterios jurisdiccionales que coadyuvan a su efectividad. De las 258 mil tesis que comentamos, 12,845 se han emitido en favor de la equidad tributaria, 1,387 sobre el derecho a la propiedad privada y 891 a la competencia económica.
El nuevo Poder Judicial, además de ser elegido democráticamente, debe ayudar a garantizar todos los derechos, empezando por los sociales. Como dice su nueva ley orgánica, tiene que garantizar el análisis del contexto social y atender a la realidad de la mexicana, aún con enormes desigualdades.
El nuevo Poder Judicial deberá resolver de manera justa los casos que se le presentan entre un ejidatario y una empresa maderera; de una persona trabajadora y su empleadora; de una comunidad y una empresa minera que contamina, además de los asuntos que resuelve diariamente entre personas que individualmente han tenido condiciones de desarrollo y posibilidades de elección diametralmente opuestas. La exigencia de un Poder Judicial sensible hacia la desigualdad social debe ser parte del nuevo papel de las personas juzgadoras en nuestro país.
Ministra SCJN