Termina este año de hechos históricos, que fue también el primero de trabajo como ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En el corte anual, puedo mencionar criterios que cuestioné en el actuar cotidiano de nuestro máximo tribunal, principales sentencias en las que diferí del criterio general y principales sentencias que propuse que la mayoría aprobó.
Algunos de los criterios sostenidos por la mayoría de la Corte en que voté en contra son los siguientes:
• La anulación de leyes por vicios en el proceso legislativo, cuando éste se refiere a: “violaciones a las reglas de la democracia deliberativa”, ya que ni el concepto ni sus reglas se desprenden de nuestro texto constitucional; la falta de consulta indígena reclamada en perjuicio de los pueblos y comunidades indígenas, y la falta de consulta a personas con discapacidad cuando ésta refiere obligaciones del Estado.
• La resolución de “reviviscencia” de leyes o normas jurídicas cuando los congresos de la Unión o de los estados han determinado abrogarlas o derogarlas expresamente.
• La invalidez por extensión cuando en la resolución de inconstitucionalidad se incluyen normas de igual o mayor jerarquía, o de temas diversos, que las que se demanda en la acción de inconstitucionalidad correspondiente. Es decir, cuando la Corte aprueba invalidar normas jurídicas oficiosamente, sin que nadie lo demande.
Algunas de las resoluciones que tomó la mayoría de la Corte y voté en contra:
• Amparos en revisión que invalidaron diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica.
• Desechamiento de recurso en revisión contra el pago de 3,575 millones de pesos a CFE Generación VI, subsidiaria de CFE, al municipio de Tecpatán, Chiapas, por concepto de impuesto predial, pues los bienes sujetos al dominio público de la Federación no causan el pago de este impuesto.
• Desechamiento de recurso en revisión contra el pago de una indemnización por 640 millones de pesos más intereses a una empresa contratada para construir el libramiento poniente para la capital de Puebla, cuyo contrato había sido rescindido por el incumplimiento de la obra.
No obstante, debo reconocer que de los 412 proyectos que puse a consideración del Pleno o de la Segunda Sala, de 530 asuntos que me fueron asignados durante el año, 357 fueron respaldados por la mayoría.
Entre las sentencias más significativas que propuse, destacan:
• El reconocimiento del derecho de concubinas y concubinos a recibir pensión de viudez en caso de coexistencia, no obstante que las leyes del IMSS, del ISSSTE y del ISSFAM lo rechazan expresamente.
• El otorgamiento de licencia laboral, de manera alternada, a padres y madres con hijos con enfermedades graves, que ameriten hospitalización o cuidados paliativos, antes restringida a uno solo de los dos padres y únicamente para el cuidado de hijos con cáncer.
• La permanencia vitalicia del derecho a la pensión de una viuda que el contrato colectivo de trabajo de la Universidad Autónoma de Nuevo León limitaba a 10 años, dado que un acuerdo de voluntades no puede desconocer derechos previstos en el artículo 123 constitucional.
• El otorgamiento obligatorio en especie de las prestaciones de habitación y alimentación para trabajadores, con el fin de no permitir su exclusión del salario base de cotización en términos de la Ley del Seguro Social, gracias a lo cual se evita que mediante el pago de esas prestaciones en efectivo, empleadores evadan aportaciones de seguridad social.
• La confirmación de una multa por 108 millones 629,000 pesos impuesta a una empresa dedicada a los análisis clínicos, por incurrir en prácticas monopólicas para vender a precios inflados sus servicios al Instituto Mexicano del Seguro Social.