Durante décadas, el sistema de justicia mexicano operó bajo una premisa perversa que dejaba a las víctimas de abuso sexual en el limbo jurídico: si no te resistías, si callabas por miedo, si te quedabas inmóvil ante la agresión, se podía interpretar tu silencio como una forma de aceptación. Esta premisa legal comenzó a desmoronarse cuando en diciembre de 2025, en la Cámara de Senadoras y Senadores dimos luz verde a una reforma integral al Código Penal Federal en materia de abuso sexual.
La discusión técnica en el Senado de la República se tradujo en un parteaguas político y social. La reforma a los artículos 260 y 266 Bis no solo ajusta números o plazos; sino que redefine el concepto de abuso sexual para ponerlo en sintonía con la realidad que vivimos las mujeres en el país.
El eje estructural de la reforma es claro: hoy el consentimiento no puede presumirse jamás por el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima. Se determina que habrá abuso sexual cuando se realice cualquier acto sexual —tocamientos, caricias, roces, exhibiciones — sin el consentimiento de la persona, así como obligarla a observar estas conductas o ejecutarlas sobre sí misma.
Con esta reforma se produce una transformación de fondo, el abuso sexual se perseguirá de oficio. Esto significa que más allá de las formalidades jurídicas, el Estado estará obligado a investigar y perseguir este delito. Situación que, en un país donde la denuncia implica, en muchos casos, revictimización, se fortalece el rol del Estado como garante de quienes han sufrido esta agresión.
La reforma establece una sanción base de tres a siete años de prisión, pero la arquitectura jurídica de las nuevas disposiciones se sostiene en un robusto catálogo de 12 agravantes que pueden elevar la pena de manera significativa. Entre ellas destacan: el abuso de poder y las relaciones asimétricas (laborales, educativas, religiosas o de confianza); el uso de sustancias (alcohol, fármacos o drogas) para anular la voluntad de la víctima; la minoría de edad de la víctima; y la comisión del delito por servidores públicos, ministros de culto o profesionistas, quienes además enfrentarán la inhabilitación.
Esta reforma prevé la homologación del tipo penal en las entidades federativas. El dictamen ya ha sido aprobado por ambas Cámaras, la de Senadoras y Senadores en diciembre de 2025 y por la de Diputadas y Diputados en febrero de 2026. La reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El nuevo enfoque de la legislación federal servirá, sin duda, como un piso mínimo que todos los códigos penales estatales deberán replicar para garantizar que las mujeres seamos protegidas igual en cualquier entidad del territorio nacional.
Presidenta de la Mesa Directiva del Senado

