El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), extinguido con las reformas Constitucionales en materia de "simplificación orgánica" del Estado mexicano, publicadas el 20 de diciembre de 2024, así como con las modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículo 37, fracción XV, y las nuevas leyes: Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicadas el 20 de marzo de 2025, marcan el fin del modelo de la transparencia fundamentado en un órgano constitucional autónomo y el comienzo de un nuevo sistema de transparencia.

Bajo el argumento de la austeridad y la búsqueda de eficiencia, se justificó el cambio del patrón de la transparencia establecido con el INAI, que garantizaba dos derechos humanos: el derecho de acceso a la información pública y el derecho a la protección de datos personales en el ámbito nacional.

Hoy, los derechos humanos referidos, se han atribuido garantizarlos, por los ordenamientos jurídicos referidos, a las instituciones federales y las entidades federativas en sus respectivas instituciones y ámbitos de competencia.

En la Federación, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) es la autoridad garante del acceso a la información pública y protección de datos personales (de entes públicos, empresas, particulares, etcétera) y a “Transparencia para el Pueblo”, órgano administrativo desconcentrado de esta Secretaría, es el ejecutor de la transparencia.

Por su parte, el Poder Judicial Federal establece la trasparencia por su propio órgano de control interno. El Congreso de la Unión, por sus contralorías internas. El Instituto Nacional Electoral es la autoridad garante por cuanto hace al acceso a la información pública de los partidos políticos. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje por cuanto hace al acceso a la información pública de los sindicatos y los órganos constitucionales autónomos restantes (Banco de México, INE, etcétera) lo realizan por sus propios órganos de control o equivalente.

Las entidades federativas a través de sus contralorías internas u órganos homólogos de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como de sus órganos constitucionales autónomos son las autoridades garantes de la transparencia.

En la nueva arquitectura de transparencia y protección de datos personales, la SABG, como parte de la Administración Pública Federal centralizadas que depende directamente de la Presidencia de la República, es la máxima "autoridad garante" de la transparencia y la protección de datos personales. Además, de asumir las funciones tradicionales: el control interno y la fiscalización del gobierno.

En este nuevo sistema de transparencia nacional, la SABG preside el nuevo "Consejo Nacional" del Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, por conducto de su órgano desconcentrado “Transparencia para el Pueblo”, en quien se coordina con las presidencias de cada Comité de los Subsistemas de Transparencia de cada entidad federativa.

Las "Autoridades Garantes" referidas tienen, entre otras, las siguientes atribuciones: Conocer y resolver los recursos interpuestos por particulares contra las resoluciones de los sujetos obligados; Aplicar medidas de apremio y sanciones correspondientes; Fomentar la transparencia, capacitar a servidores públicos y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información; Garantizar condiciones de accesibilidad para grupos de atención prioritaria, incluyendo información en lenguas indígenas; Establecer políticas de "transparencia con sentido social”.

En suma, tenemos un nuevo sistema de transparencia nacional configurado por la distribución por un ecosistema de “autoridades garantes”, con una Secretaría de Estado dependiente de la Titular del Poder Ejecutivo Federal. La SABG, que se desempeña como la autoridad garante federal, así como con los órganos de control internos de cada poder federal y de las entidades federativas.

Con ello, hoy en día, se desempeñan diversas instituciones gubernamentales del ámbito federal y de las entidades federativas que deciden sobre las disputas de la transparencia y de la privacidad de las personas contra las empresas y las propias dependencias y órganos de control del Estado Mexicano.

En otros términos, las contralorías, no son órganos autónomos; son parte de la estructura de la administración pública federal y, en su caso, de las entidades federativas, cuya función principal es el control administrativo, financiero y disciplinario, y responden jerárquicamente a los titulares de dichas instituciones.

Ahora, la contraloría interna, al desempeñar también la función de dar acceso a la información de los sujetos obligados que son las instituciones de los propios órganos de la administración pública del Ejecutivo o bien de los poderes Judicial, Congreso de la Unión, Congresos locales o órganos autónomos en su caso, corren el riesgo de incomodar al titular al que pertenece, en caso de que considere que se actúe en su contra, lo que podría conducir al riesgo de un fin contrario, el de garantizar el acceso a la información pública de forma efectiva, oportuna y sin opacidad.

Frente a esta nueva configuración institucional del sistema de transparencia, el gobierno federal y las entidades federativas enfrentan múltiples retos, no solo implica garantizar austeridad, eficiencia, coordinación y legalidad, sino también diseñar los mecanismos democráticos dentro de un nuevo paradigma de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas.

Uno de los retos más significativos es asegurar que la centralización de funciones de la transparencia y la protección de datos personales, no derive en una pérdida de especialización y rendición de cuentas. La transferencia de atribuciones a la SABG de la Administración Pública Federal, a las instituciones federales y de las entidades federativas exige diseñar procesos internos, establecer contrapesos efectivos y fortalecer las capacidades institucionales. De lo contrario, existe el riesgo de debilitar la legitimidad del Estado frente a la sociedad.

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