Se ha instaurado un nuevo orden de gobierno en el Estado Mexicano. El detonador y el condensador han sido las reformas, adiciones y derogaciones al artículo 2º, de la Constitución Mexicana en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de septiembre de 2024.
El nuevo orden de Gobierno ingresa con los órdenes de gobierno federal, estatal y municipal, así como en las demarcaciones territoriales, alcaldías de la Ciudad de México.
Los fundamentos del nuevo orden de gobierno son establecidos Constitucionalmente por el reconocimiento progresivo de los derechos y la autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Esto implica la emergencia de una novedosa forma de gobierno en México, en términos de las culturas originarias y afrodescendientes.
Esta forma de gobierno está conformada por los principios de pluralidad, equidad y justicia. Por el reconocimiento de una Nación pluricultural y multiétnica. Esto alude a que México es un solo país con una identidad común, sin posibilidad de división o fragmentación territorial. Aunque existen diferencias culturales y étnicas dentro del país, todas las regiones y comunidades forman parte de una misma Nación.
También la forma de gobierno se establece con los derechos de autonomía y libre determinación. Por regirse por el sistema normativo interno de usos y costumbres.
Así como, por el reconocimiento de los pueblos indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio. Esto implica que son personas con su propia personalidad jurídica de carácter público con la capacidad propia para realizar los cometidos reconocidos por la Constitución Federal, dentro del ámbito territorial determinado de la comunidad o pueblo, como el garantizar su autonomía, administrar y aprovechar sus recursos, así como para hacer valer sus derechos o competencias normativas frente a otras personas jurídicas públicas o privadas.
La forma de gobierno de los pueblos indígenas y afromexicanas asume las funciones ejecutiva, legislativa y judicial en el ámbito de su territorio reconocido y como parte del Estado Mexicano.
La función ejecutiva. Esta se garantiza democráticamente al elegir libremente en el sistema de gobierno comunitario, a sus autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, acorde a sus usos y costumbres, para lo cual deben de garantizar la paridad de género. sin injerencia externa, en la que se excluye la participación de los partidos políticos y de candidaturas independientes en la elección de sus autoridades de los pueblos indígenas y afromexicanas.
La función legislativa. Ella, se sustenta al decidir y establecer sus sistemas normativos en un orden de reglas prácticas o costumbres que son aceptadas por determinada comunidad, desde luego sin que sean contrarias a los principios generales de la Constitución Mexicana y respetando los derechos humanos y sus garantías.
La función judicial. Comprende el derecho de regular y resolver sus conflictos internos mediante sus propias normas, siempre respetando los principios Constitucionales, los derechos humanos y, en especial, la dignidad e integridad de las mujeres. La ley establecerá los mecanismos de validación de estas normas por parte de jueces y tribunales. Cabe señalar que cuando sean promovidos la o las personas integrantes de la comunidad y conozcan los tribunales externos por la vía idónea, como el juicio de amparo, deben validar esas decisiones en términos de que sus resoluciones de las autoridades comunitarias quienes ejercen esa jurisdicción, determine que se apegaron a sus propios sistemas normativos internos, observando a la Constitución Federal y las leyes aplicables para confirmar su resolución o bien para revocar y, en consecuencia, resolver en términos de garantizar los derechos humanos a favor de quien lo promueva.
Ello, garantiza el respeto de la diversidad cultural y los derechos colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, y afromexicanas, al mismo tiempo garantiza la protección de los derechos humanos.
De este modo, hoy en día, en el sistema de gobierno mexicano se ha instaurado un nuevo orden de gobierno: el de los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas que llegó para quedarse. Cuyos retos será que el nuevo orden de gobierno haga valer sus derechos y cumpla con sus deberes para lograr su desarrollo, crecimiento y bienestar en cada comunidad.