La reforma al Poder Judicial está en marcha. Mucho ya se ha hablado de la designación de jueces, magistrados y ministros por el voto popular. El debate se ha centrado en este punto. Los argumentos en contra ya se han expresado, lo mismo que la voluntad de sacarla adelante. Por eso, quiero centrarme en otro aspecto que se ha propuesto reformar, y es el relativo a la integración y funcionamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En la iniciativa enviada en febrero por el presidente López Obrador se propone que la Corte solo funcione únicamente en Pleno, es decir, eliminando las salas. Hay que decir que el Pleno es el órgano judicial más ineficaz del país en términos de egresos. Esto no necesariamente es malo. Tener una instancia que analice con más atención y detalle los casos más complejos del país tiene sus ventajas. Por lo menos teóricamente se espera una justicia producto de una mayor reflexión. La Suprema Corte de los Estados Únicos, que tiene un gran prestigio, no resuelve ni un centenar de asuntos al año. Con esto no quiero decir que lo resuelto por el Pleno de la Corte mexicana sea lo mejor; hay mucho que mejorar. Simplemente, quiero indicar que responde a una lógica distinta al volumen.

Esa lógica se traduce en una dinámica de trabajo diferente al resto de instancias judiciales del país. En el Pleno van expresando sus puntos de vista cada una y cada uno de sus integrantes de forma amplia antes de votar un proyecto. Por eso, hay semanas que, en sus tres sesiones, el Pleno solo alcanza a votar un asunto, mientras que en la misma semana en las salas se resuelven cerca de cien casos. El Pleno funciona por horario, y no en atención a desahogar toda la lista de asuntos pendientes, como sucede en las salas o en los tribunales colegiados. Eso se traduce en que, del total de casos que resuelve la Corte, únicamente el 13% egresen por el Pleno.

Esto significa que en la reforma propuesta se están enviando todos los casos competencia de la Corte a un embudo. La justicia será más lenta, en perjuicio de las y los ciudadanos que buscan que se resuelvan sus litigios. Esto se agrava con otro extremo de la iniciativa que es reducir de once a nueve el número de ministras y ministros. La Corte tenía pendientes de resolución 2,200 asuntos, de acuerdo al informe de diciembre de 2023. Si los dividimos entre sus diez integrantes que proyectan (la presidencia no lo hace), obtenemos que cada ponencia debe proyectar 220 casos. Si tras la reforma solo habrá ocho ponencias, significa que a cada una le correspondería proyectar 275 casos, lo cual hará mas retardada la solución de litigios por el aumento de carga de trabajo.

Ante esta situación, quizá debería considerarse la posibilidad de ampliar la reforma para reducir el número de asuntos que conoce la Corte. Hoy este tribunal tiene una competencia meramente formal: si el asunto encaja en unos supuestos, debe conocerlo. Por ejemplo, si se trata de un amparo promovido contra una ley federal, lo debe resolver. Quizá sea momento de pasar a analizar el mérito de los asuntos: que la Suprema Corte se limite a resolver los asuntos que son trascendentes por su relevancia jurídica, con independencia de las características formales del caso.

En síntesis, me parece que el foco debe ponerse en las personas que acuden a los tribunales, esperando que se las administre justicia. Los tribunales solo existen en razón de ellos. La justicia lenta no es justicia. Cronos tiene el poder de matar con su guadaña a Temis.

Académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana

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