La reforma al amparo dejará a las empresas en un estado de mayor indefensión —aún mayor que el derivado de la reforma judicial—. La purga institucional que impulsaron Sheinbaum y López Obrador ya había dejado una judicatura con niveles inéditos de incompetencia y sometida a presiones políticas permanentes. Ese daño está hecho y será difícilmente reversible, pues se trata de una reforma constitucional que llegó para quedarse y que, en principio, difícilmente será limitada en sede judicial. Sucede, sin embargo, que los cambios más recientes a la Ley de Amparo sí podrían ser controvertidos judicialmente, tanto por las empresas como por otros actores sociales. A continuación reflexiono sobre las implicaciones de esta reforma —y sobre algunas posibles rutas jurídicas de defensa—.
- Contexto: un poder judicial desmantelado y un juicio amparo debilitado
Comencemos por lo elemental: las cosas ya estaban mal antes de la reforma al amparo. La reforma judicial Sheinbaum-Obrador destruyó varios de los pilares de la independencia judicial. Violó el principio de inamovilidad al destituir injustificadamente a personas ministras, magistradas y juezas por igual; vulneró la garantía de contar con un procedimiento de designación adecuado al establecer requisitos absurdos y dos comités de evaluación que operaron bajo una lógica de captura partidista; y debilitó notablemente el amparo al prohibir suspensiones y sentencias con efectos generales. El cuadro se completó con la mal llamada reforma de la “supremacía constitucional”, que busca hacer imposible impugnar reformas a la Constitución que violen derechos humanos.
El resultado es una judicatura integrada por personas que son, en el mejor de los casos, una incógnita. Quizá algunas sepan derecho; quizá otras no tengan idea de lo que hacen —como evidencian los videos que circulan en redes sociales—. Algunas podrán tener cualidades éticas y personales; otras se prestarán a actos de corrupción. Lo único seguro es que estarán sujetas a presiones políticas constantes: por la amenaza de juicios políticos, desafueros o sanciones del Tribunal de Disciplina Judicial, o por el incentivo de quedar bien con el gobierno y Morena para asegurar su reelección.
Esa es la judicatura —debilitada, parcialmente capturada y potencialmente incompetente— que nos heredaron Sheinbaum y López Obrador.
- Impactos: nuevas restricciones al amparo, mayores costos para las empresas.
La reforma a la Ley de Amparo impulsada por la presidenta Sheinbaum va más allá e introduce medidas regresivas adicionales. Por un lado, pretende cerrar la puerta de los tribunales al acotar la figura del interés legítimo —la vía utilizada para defender muchos derechos colectivos o difusos—. Por otro, inclina la balanza a favor del gobierno al hacer muy difícil —o, de plano, imposible— la obtención de suspensiones, tanto en términos generales como en materias específicas, como el congelamiento de cuentas bancarias o la prestación de servicios sujetos a permisos, autorizaciones o concesiones federales. Por si fuera poco, establece limitaciones significativas para impugnar el cobro de créditos fiscales y, gracias a un artículo transitorio introducido de último momento, abre la puerta a la aplicación retroactiva de la reforma, incluso respecto de casos presentados antes de su aprobación.
Aunque es difícil anticipar todas las consecuencias de estos cambios, algo queda claro: las reformas incrementan la incertidumbre jurídica para las empresas y, en consecuencia, elevan tanto el riesgo como el costo de hacer negocios en México. Son malas noticias para el sector privado, pero también para los consumidores, que eventualmente pagarán el costo con precios más altos o productos y servicios de peor calidad.
Frente a este panorama, la pregunta es obvia: ¿es posible impugnar la reforma? La respuesta es clara: sí. Empresas y otros actores sociales pueden controvertir judicialmente la reforma. Pero deben hacerlo con plena conciencia del contexto político: mal haríamos en seguir estrategias ordinarias en tiempos extraordinarios.
- Soluciones: las posibles vías y estrategias para impugnar
Comencemos con lo que no sucederá. Justamente porque no estamos en circunstancias normales, será prácticamente imposible que la Suprema Corte invalide la reforma en su totalidad mediante una acción de inconstitucionalidad. La oposición no cuenta con el 33% de los espacios ni en la Cámara de Diputados ni en el Senado. En consecuencia, el único sujeto legitimado con incentivos reales para promoverla —las minorías parlamentarias— no tiene los números para hacerlo.
Nada impide, sin embargo, que los cambios a la Ley de Amparo —como cualquier ley secundaria— sean controvertidos mediante juicios de amparo. Esto podría ocurrir de distintas maneras: i) a través de amparos promovidos desde la entrada en vigor de la reforma, tomando en cuenta que muchas de sus disposiciones son autoaplicativas, es decir, generan afectaciones inmediatas, o ii) mediante amparos contra actos concretos de aplicación. Además, todos los jueces del país tienen control de constitucionalidad ex officio (de oficio), lo que significa que, en teoría, deberían dejar de aplicar las reformas que resulten inconstitucionales, incluso sin que nadie se los solicite.
En ese marco, es probable que emerjan dos estrategias de impugnación. Por un lado, una estrategia maximalista, impulsada quizá por actores como las organizaciones de la sociedad civil a las que la redefinición del interés legítimo podría cerrar las puertas del amparo. En esta estrategia se podría buscar que los tribunales de ampro declaren la inconstitucionalidad lisa y llana de las reformas. Aunque la probabilidad de éxito sea baja —pues difícilmente la Suprema Corte encabezada por Hugo Aguilar Ortiz invalidará una de las reformas insignia de Sheinbaum—, estos litigios son valiosos: obligan a la judicatura a pronunciarse y a decidir si asume el costo de convalidar las múltiples inconstitucionalidades. Adicionalmente, podrían abrir la puerta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), que eventualmente podría condenar al Estado mexicano.
Por otro lado, muchas empresas seguirán (o deberían seguir) una estrategia minimalista. Tal vez no apuesten por la declaratoria de inconstitucionalidad de muchas de las disposiciones de la reforma, sino por interpretaciones conformes. Podrían aprovechar las vaguedades y ambigüedades de la reforma para plantear lecturas que, aunque no sean ideales desde el punto de vista jurídico, sean viables en términos políticos y les permitan defenderse mejor o mantener sus operaciones. Podrían, para decirlo de otra forma, apostar por soluciones que, aunque subóptimas, serían mucho mejores que la lectura más restrictiva de la reforma.
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Hace algunos meses advertí en estas mismas páginas que, tras la reforma judicial, las empresas debían ajustar sus estrategias de litigio. Las fórmulas que en el pasado funcionaban hoy pueden convertirse en recetas para el fracaso. Hay que operar con una lógica distinta: ya no bastará con conocer el derecho o tener la razón jurídica; también habrá que entender el poder y diseñar estrategias políticamente viables.
Las reformas recientes a la Ley de Amparo confirman esa advertencia. Cierto: el amparo está debilitado, pero existe. Cierto: las estrategias maximalistas quizá sean inviables, pero las minimalistas pueden funcionar. Porque, aunque la regresión autoritaria continúa, todos seguimos aquí. Y mal haríamos en caer en la resignación catastrófica o en la ingenua ilusión de litigar como si nada hubiera cambiado. Lo que estos tiempos exigen no es fe ciega en la justicia, sino astucia para diseñar soluciones jurídicamente sólidas y políticamente viables.
Javier Martín Reyes. Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y en el Centro para Estados Unidos y México del Instituto Baker. X: @jmartinreyes.

