Comparar a Lorenzo Córdova con el Holocausto fue un delirio. La Corte lo frenó. Pero esa es la Corte que perderemos por la reforma judicial.
Javier Martín Reyes
Sucedió ayer. El 6 de agosto de 2025, la Segunda Sala de la Suprema Corte (SCJN) celebró su última sesión. Como recordó su presidente, el ministro Javier Laynez Potisek, ese órgano resolvió durante décadas asuntos fundamentales en materia administrativa, laboral, de seguridad social y agraria. Pero todo eso terminó. Como parte de una de las decisiones más absurdas de la reforma judicial impulsada por Sheinbaum y López Obrador, las salas de la Corte desaparecerán por completo. Dejarán de existir. Por eso, cuando Laynez intentó levantar la sesión, apenas pudo hacerlo: con la voz quebrada, al borde del llanto, puso fin no solo a una sesión más, sino a un ciclo entero de la historia judicial del país. No fue una sesión más; fue un funeral. La justicia constitucional perdió una de sus principales casas.
Uno de los asuntos que resolvió la Segunda Sala en su última sesión es un ejemplo extraordinario de lo que perderemos con la reforma judicial. Me refiero a la sentencia dictada en el amparo en revisión 63/2025. A propuesta precisamente del ministro Javier Laynez, la sala ordenó a la Secretaría de Educación Pública (SEP) abstenerse de seguir distribuyendo el libro Proyectos comunitarios, de sexto grado de primaria para los ciclos escolares 2023-2024 y 2024-2025. Y, en caso de que se mantenga su distribución, la Corte exigió suprimir una referencia tan absurda como infamante: una llamada telefónica hecha por Lorenzo Córdova, entonces presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), que fue incluida en una cronología de agravios junto a episodios como el linchamiento y tortura de personas afroamericanas, el exterminio de los apaches, el genocidio armenio, el Holocausto judío y el genocidio en Ruanda.
¿Qué fue lo que hizo Lorenzo Córdova para merecer un lugar en esa infame cronología? La sentencia lo explica con detalle y retoma lo que el propio Córdova reconoce en su demanda. En abril de 2015, un grupo denominado “Gobernatura Indígena Nacional” amenazó con tomar instalaciones del INE y retener a uno de sus directivos. Al día siguiente, Córdova —entonces consejero presidente— los recibió en sus oficinas para dialogar sobre temas como el registro de candidaturas indígenas y la posible creación de una circunscripción electoral especial. Tras ese “ríspido encuentro”, Córdova sostuvo una llamada telefónica privada con el secretario ejecutivo del INE, en la que hizo comentarios inapropiados sobre la reunión.
Días después, ese audio —obtenido ilegalmente— fue difundido en YouTube con el título “Lorenzo Cordova [sic] espiado discrimina a pueblos indígenas”. Córdova ofreció una disculpa pública y presentó una denuncia penal. Incluso el CONAPRED, en su momento, señaló que se encontraba impedido para abrir un procedimiento en su contra, pues se trataba de una conversación privada, presumiblemente obtenida y difundida de manera ilegal. A pesar de todo ello, casi una década más tarde, la SEP incluyó el episodio en un libro de texto gratuito para primaria, incorporándolo en la infame cronología de la siguiente forma: “En México, el presidente del Instituto Nacional Electoral […], Lorenzo Córdova Vianello, se mofa de los representantes de las naciones originarias”.
Lorenzo Córdova promovió un juicio de amparo y una jueza de distrito le dio la razón. La SEP, sin embargo, impugnó la decisión. Ayer, finalmente, la Segunda Sala —aunque con un razonamiento distinto al de la jueza— también resolvió a favor de Córdova.
En pocas palabras, la Corte concluyó que la inclusión de su nombre en esa cronología de la infamia vulneró su derecho humano a la reputación y al honor. En palabras del proyecto del ministro Laynez, la información presentada por la SEP no fue veraz, pues “carece de la claridad necesaria al omitir distintos puntos de vista cruciales y la totalidad de los hechos que rodearon y originaron el suceso”. En particular, el proyecto señala que el libro de la SEP “[p]resenta un evento puntual y aislado de la carrera profesional” de Córdova “como si fuera una definición integral de su persona o comportamiento habitual” y, de esta forma, “magnifica desproporcionadamente un hecho”. Asimismo, el proyecto aprobado por la Sala sostiene que el contenido del libro viola los principios de objetividad e imparcialidad, ya que “construye un relato sesgado de su labor”, “intenta distorsionar el discurso público” y “no menciona la actitud que mostró [Córdova] al reconocer su error”.
La sentencia no es solo un triunfo de Córdova. Es, como bien dijo Ricardo Becerra, “la derrota de una infamia que quería ser sembrada entre los niños mexicanos y un triunfo de la decencia y la razón”. Eso —ni más ni menos— es lo que se espera de una Suprema Corte: que sea la casa de la razón, el foro donde la Constitución pesa más que la obsesión, el lugar donde el Derecho puede frenar el delirio. Porque eso fue: un delirio. Comparar una llamada privada —ilegalmente grabada y sacada de contexto— con el linchamiento de afroamericanos, el genocidio armenio o el Holocausto es, sencillamente, una aberración. Una infamia orquestada por el Estado, impresa con recursos públicos y dirigida a niños de primaria.
Por eso vamos a extrañar a Javier Laynez. Extrañaremos al brillante abogado, al constitucionalista que entendía como pocos el derecho administrativo y al extraordinario ser humano que supo vestir la toga con tanta valentía y dignidad. Pero quienes creemos en la democracia constitucional, extrañaremos aún más. Extrañaremos el proyecto que, durante décadas, buscó consolidar a la Suprema Corte como un límite efectivo al poder, como un contrapeso real, como un guardián de los derechos de todas y todos. Extrañaremos —en suma— a la Corte que la reforma judicial de Sheinbaum y López Obrador destruyó.
Javier Martín Reyes. Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y en el Centro para Estados Unidos y México del Instituto Baker. X: @jmartinreyes.