Una de las reflexiones que el presidente Barack Obama hizo cuando se enteró de que Donald Trump había ganado la elección presidencial fue que la historia no es lineal, sino un zigzag de acontecimientos que eventualmente deben restablecerse hacia el bien común. Después de haber elegido al primer presidente afroamericano —que había construido una narrativa de unión y esperanza—, el pueblo estadounidense optó por un líder racista, misógino y con tendencias autoritarias, dejando atrás la posibilidad de tener a una mujer como mandataria.
Pareciera que, desde 2016, Estados Unidos se ha enfrentado a problemáticas, estigmas y guerras culturales que creíamos superadas. Precisamente en la primera semana del nuevo periodo de sesiones de la Corte Suprema, las y los ministros se encontraron con el fantasma de una figura que se tenía por resuelta: las mal llamadas “terapias de conversión”.
Durante la década de 1990, diversas organizaciones médicas de Estados Unidos y del mundo determinaron que las terapias que buscaban modificar la orientación sexual eran dañinas y rechazaron su efectividad. En Estados Unidos, las legislaturas estatales emitieron leyes que prohibían estas prácticas entre 2012 y 2014. Colorado es uno de los más de veinte estados que adoptaron estas medidas.
La ley se promulgó en 2019 y no había sido litigada hasta 2022, cuando la Alliance Defending Freedom decidió impugnarla. En contexto, se trata de un grupo religioso de abogados que ha llevado exitosamente a la Corte Suprema casos fundamentales, como el del pastelero que se negó a hacer un pastel para una pareja gay o el de la diseñadora de páginas web que rechazó crear un sitio para una boda homosexual.
En esta ocasión, representan a una terapeuta y argumentan que el Estado no debería intervenir en conversaciones privadas entre terapeutas y pacientes. Durante la audiencia, uno de los abogados trazó una distinción entre médicos y terapeutas. Según él, hay una diferencia entre un médico que receta medicamentos y tratamientos, y un terapeuta con quien únicamente se entabla una conversación. En ese sentido, prohibir este tipo de terapias sería, a su juicio, una restricción a la libertad de expresión.
Mientras las ministras liberales Sonia Sotomayor y Ketanji Brown Jackson cuestionaban la distinción, el abogado insistía en que existe una diferencia entre las acciones que implica un tratamiento médico y las conversaciones propias de una terapia. Si el gobierno puede prohibir hablar sobre identidad de género, también podría prohibir hablar sobre aborto o equidad de género, lo cual —según argumentó— violaría el derecho a la libertad de expresión protegido por la Primera Enmienda de la Constitución. Ante estos argumentos, los ministros de la mayoría conservadora se mostraron receptivos y evitaron hacer preguntas.
Sin embargo, cuando habló la abogada de Colorado, los jueces comenzaron a cuestionar la veracidad de los estudios científicos que demuestran que las terapias de conversión son dañinas. Llegaron a comparar estas evidencias con teorías antiguas que sostenían que las personas con bajo coeficiente intelectual no debían tener hijos porque transmitirían ese mismo “déficit” a su descendencia.
La abogada también explicó que, si bien no se trata de médicos, los terapeutas cuentan con licencias emitidas por el Estado. En ese momento, el ministro Clarence Thomas preguntó cuál era la diferencia entre recibir terapia de un profesional con licencia y recibir consejos de un entrenador deportivo o un guía espiritual. “¿Ellos también deberían tener esa prohibición?”, cuestionó. La abogada del gobierno estatal respondió que la diferencia radica en que los terapeutas actúan con aprobación estatal, mientras que los otros son ciudadanos comunes.
En este caso, la Corte Suprema tiene dos opciones: ordenar al tribunal inferior que pida al gobierno de Colorado justificar mejor su ley o declararla completamente inconstitucional. El contexto es claro: la Corte ya ha reconocido el derecho de padres de familia a retirar a sus hijos de clases en las que se lean libros con contenido LGBT, ha justificado que personas se nieguen a brindar servicios por la orientación sexual de sus clientes y, en un par de semanas, sabremos si acepta analizar un caso que podría poner en riesgo el precedente que reconoce el matrimonio igualitario a nivel nacional.
Parecería increíble que en pleno 2025 nuestras sociedades sigan debatiendo cuestiones tan básicas como las mal llamadas “terapias de conversión” o la posibilidad de que dos personas del mismo sexo se casen. Sin embargo, estamos en medio del zig y el zag de la historia: un momento en el que las guerras culturales nos obligan a replantearnos lo que hemos construido como sociedad y los pendientes que aún tenemos. ¿Cómo responderá la Corte Suprema a este llamado? ¿De qué manera la ciudadanía se adaptará a este cambio?