Este es uno de los principales comentarios que nos han planteado nuestros lectores, después de la reciente aprobación de la reforma a la Ley de Amparo en México, misma que ha desatado una intensa polémica en el ámbito político, jurídico y social.
Como sabemos, en la Ciudad de México hay numerosas PyMEs y también emprendedores que están preocupados de que esta medida podría limitar el acceso a la justicia y favorecer el abuso de poder.
La iniciativa busca, según el gobierno, modernizar y hacer más eficaz el juicio de amparo, especialmente en materia fiscal y en el combate al lavado de dinero. Sin embargo, juristas y organizaciones civiles advierten que la reforma limita una de las herramientas de defensa ciudadana más esenciales, inclinando la balanza a favor de la autoridad.
La lectora Yazmin N. menciona que como pequeña empresaria que opera en la CDMX, piensa que el principal foco de controversia radica en las restricciones impuestas a la figura de la suspensión del acto reclamado, una medida crucial que detiene los efectos de un acto de autoridad mientras se resuelve el juicio de amparo, afectando especialmente casos como bloqueo de cuentas bancarias.
“La suspensión provisional nunca procedería, quienes llegaran a quejarse solo podría obtener la suspensión definitiva si logra acreditar el origen lícito de sus recursos ante un juez, mientras tantos sus pequeñas empresas podrían caer en desgracia por endeudamientos”.
La reforma busca también evitar la interposición de múltiples amparos para postergar el pago de deudas fiscales, concentrando la defensa en un solo juicio contra el acto final. No obstante algunos pequeños empresarios nos han compartido su temor de que se restrinja la capacidad inmediata de que un ciudadano pueda defender su patrimonio ante el congelamiento de cuentas, obligándolos a probar primero el origen lícito de su dinero sin la protección provisional. Al respecto, diversas voces alertan sobre la limitación de la defensa inmediata contra actos arbitrarios de la autoridad.
“Las restricciones a la suspensión del acto reclamado son un retroceso después de años de avances en la defensa de los más vulnerables. También la redefinición del interés legítimo podría complicar la lucha contra afectaciones colectivas y acciones de la autoridad que impactan al medio ambiente o a megaproyectos”, opina la lectora Patricia Sánchez.
Según datos del gobierno citados en la discusión del proyecto, entre diciembre de 2018 y agosto de 2025, se han desbloqueado mediante amparos cuentas por un monto de 27,000 millones de pesos. Esta cifra equivale al 54.4% del total bloqueado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en ese periodo, lo que, según las autoridades, socava el combate al lavado de dinero.
El jurista Luis Ignacio Reyes Andraca nos escribió para comentar que con esto se ha desmantelado la protección inmediata, universal y de efectos generales contra los abusos y arbitrariedades que pueda cometer, y seguro cometerá, cualquier autoridad, e incluso particulares en actividades subvencionadas del Estado Mexicano en sus tres esferas de poder (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), permitiendo violentar los derechos humanos que reconoce nuestra Carta Magna así como los Tratados Internacionales.
Menciona que el espíritu de la protección constitucional de Derechos Fundamentales, logrado por los constitucionalistas liberales del siglo XIX, se pone en peligro al imponer mayores requisitos para el otorgamiento de la Suspensión Provisional de los efectos de Actos de Autoridad que vulneren Derechos Humanos Fundamentales y las Garantías Individuales como dispositivos jurídicos para el cumplimiento y funcionamiento de éstos, así como aumentar cargas impositivas como la figura de la garantía económica únicamente a los particulares y no a las autoridades señaladas como responsables en la violación de derechos humanos.
Además, comenta, se elimina la posibilidad de obtener una suspensión provisional en contra de legislaciones que afecten el interés público en general, y acotarla exclusivamente para el promovente e incrementar la carga probatoria del Interés Legítimo para acreditar la vulneración de los Derechos Colectivos.
“También están siendo perjudicadas las comunidades originarias, los pueblos indígenas, los grupos más vulnerables y los luchadores sociales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales, periodistas, pequeñas y medianas empresas y el ciudadano promedio que día con día configuran más del 76% de amparos Indirectos y directos que día con día buscan la protección de la Justicia Federal en contra de las grandes corporaciones, grupos de poder y actos vejatorios, injustos e injustificados por cualquier abuso de Autoridad en el país”, afirma Reyes Andraca.
Asimismo, señaló que diversas asociaciones, barras y colegios como la Nueva Asociación de Abogados Morelenses para México, Colegio de Abogados han promovido casi 800 amparos junto con diversas Asociaciones Civiles, Colectivos y Luchadores Sociales, para intentar someter al escrutinio de la Suprema Corte.
“En mi opinión se desmantela el último bastión de protección legal en contra de los excesos del poder. Y bajo la justificación de recaudar mayores ingresos desde la facultad fiscalizadora del ejecutivo, se allana el camino de leyes injustas, que atentan contra la población y los sectores más desfavorecidos e imposibilitan real y legalmente a la ciudadanía de protegerse”, agregó el jurista.
Mientras tanto en la CDMX y en el resto del país continúa la discusión sobre esta reforma. Muchos pequeños emprersarios de diversos rubros nos siguen escribiendo y, sin duda, será un tema para dar seguimiento a casos específicos y sensibles.
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