Como se recordará, en el mes de marzo de este año, la titular del Poder Ejecutivo Federal presentó una iniciativa que reforma tanto la ley que regula la desaparición de personas y el sistema (nacional) de búsqueda, como la Ley General de Población.

En ese mismo mes, el lector puede consultar mi artículo que escribí sobre el tema, sin descontar los innumerables artículos que he escrito sobre ambos temas a lo largo de casi dos años.

Pese a las objeciones planteadas a la propuesta de reforma, se mantuvo la cerrazón y hoy forma parte del paquete de propuestas legislativas que se pretende aprobar en el actual periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión.

Solo me concretaré en reiterar que las reformas planteadas dejan entrever una profunda ignorancia e improvisación de los responsables de atender el problema, en especial de los encargados de formular el proyecto, de la secretaria de la SEGOB y del subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración.

Pues se insiste en que la CURP se convierta en la principal herramienta para localizar a una persona desaparecida a través de “Monitorear” en la base de datos (nacional) de dicha clave a cargo del RENAPO, cualquier movimiento “en tiempo real”.

Para que se entienda la magnitud del disparate, se pretende que el RENAPO opere las 24 horas del día para detectar algún trámite (pues para eso sirve exclusivamente la CURP) de una persona presuntamente desaparecida. Base de datos del RENAPO que estará conectada -pues de otra forma no se podría “monitorear”- con todas las bases de datos de las instituciones federales, estatales y municipales (incluyendo órganos autónomos), con las bases de datos de todos las bancos y asociaciones de crédito, de seguros, etc.

Relájeme estimada o estimado lector, el Estado mexicano no tiene los recursos humanos, tecnológicos y financieros para un sistema informático de tamañas proporciones y con esas características, pues siguiendo la lógica de la propuesta, tendría capacidad de detectar “en tiempo real” los movimientos de casi 130 mil claves, correspondientes al número de personas reportadas como desaparecidas al día de hoy, claves que tendrían un algoritmo para su detención (más las que se vayan sumando).

Estas pesadillas, solo son un reflejo de mentes totalitarias, que en otras latitudes fueron las causantes de las mayores tragedias de la humanidad, buscando el control total de la vida de las personas y que el novelista George Orwell describió impecablemente en sus dos obras cumbre.

Además -lo escribimos en marzo- ante la tragedia de las personas desaparecidas, no se tienen sus rasgos biométricos -ni de la mayoría de la población- que podrían servir para confrontarlos y descartar a aquellas entre los miles de cadáveres sin identificar que se encuentran en el país. La CURP no sirve para esos propósitos, simplemente porque raya en el ridículo pensar que los que tienen ilegalmente privada de su libertad a una persona (sobre

todo a un menor), hagan uso de la clave; por si acaso se les olvida, que es el crimen organizado el que está detrás de la mayoría de las desapariciones.

En otras palabras, recabar los rasgos biométricos de las personas, como la misma CURP tienen una función preventiva y de reacción inmediata ante futuras desapariciones, dejando subsistente la falta de acción para enfrentar las desapariciones.

Solo reiteraré lo que he expuesto profusamente en otros artículos: pretender agregar a la CURP (formada por letras y números) los rasgos biométricos y la fotografía, es más que imposible. Lo más grave de la propuesta, es que, a las fiscalías, como los órganos de inteligencia se les pretenda habilitar el acceso directo a esa información confidencial, siendo violatorio de los derechos humanos, como un retroceso por construir un RENAPO seguro y certero; como también lo es que puedan acceder -sin ningún filtro- a la base de datos del Registro Federal de Electores.

Toda reforma de la Ley General de Población debe estar aparejada de una reforma electoral en que se determine el futuro de la credencial electoral y evitar duplicidad de funciones pues el proyecto se pretende que la CURP se convierta en la “fuente única de identidad de las personas”. Cambios legislativos que bien podrían tratarse el siguiente año, imposibles de realizar sin una depuración del RENAPO, que como hemos escrito anteriormente, conspiró contra el gobierno de AMLO.

La presidenta del país debe escuchar y entender que una reforma de estas proporciones requiere de más tiempo para su análisis, sobre todo, porque no atiende el problema que ella se comprometió a resolver, el de las personas desaparecidas.

¿Qué hacer entonces?

La respuesta para atender esta tragedia no requiere de reformas legales sino emitir el reglamento (atribución de la SEGOB) de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, o en su defecto, de un acuerdo estableciendo los lineamientos para proceder a la captura de los rasgos biométricos (y si es necesario del ADN) de aquellos familiares de las personas desaparecidas que así lo consientan, y confrontarlos con los cuerpos sin identificar y con los datos forenses generados por las diferentes fiscalías del país.

Con toda sinceridad que amerita el caso, es lo único (no menos importante) que se puede avanzar en el tema desde las instituciones, pues han sido las madres buscadoras (y familiares) las que han hecho, lo inimaginable, a saber, con sus propios recursos, intentar encontrar con vida a sus seres queridos.

Con ello, se darían resultados, mitigando el dolor y la incertidumbre, y terminando con ese espectáculo dantesco que generar tanto horror en el mundo. Acciones que tenían que haberse iniciado desde 2022, año en se creó el Centro Nacional de Identificación Humana, encargado de administrar el Banco Nacional de Datos Forenses, con toda la información recabada por la propia institución, como por los centros estatales forenses y los aportados por todas las fiscalías. Sin que hasta el día de hoy se llame a cuentas a quien fungiera como

subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración y a aquellas que ocuparon la titularidad de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNBP) desde entonces.

Lo que debe quedar claro, que esto no será posible, mientras la titularidad de la CNBP siga ocupada (como ocurre en la actualidad) por una persona con licenciatura en Estudios Latinoamericanos y ex directora del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. Su presencia, constituye un insulto al dolor humano, a las ausencias como a sus familiares.

Autor de las obras Derecho a la Identidad Personal y Cédula de Identidad en México, editorial Civitas&Universitas, 2022, sevilla2023derecho@gmail.com

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