El pasado cuatro de marzo se presentó la iniciativa presidencial de reforma constitucional en materia electoral. La reforma tiene una línea congruente con el discurso presidencial, sin embargo, se evidencia un desconocimiento de la operación de las reglas electorales y de las actividades técnicas que permiten el cumplimiento de la norma.
Una muestra de lo anterior es la reducción a los tiempos del Estado que administra el INE en los ciclos electorales. De tal suerte que se propone la pérdida de 13 minutos diarios -reducción del 27%- por estación o canal en radio y televisión de la etapa de precampañas hasta la jornada electoral. Es decir, pasar de 48 minutos a 35.
Pero, la pregunta importante es: ¿Por qué este cambio?
La propuesta plantea dos cambios al modelo de comunicación: 1) reducción de los tiempos del Estado; y 2) obligaciones en materia de propaganda en radio y televisión realizada o modificada con inteligencia artificial.
Es un tema de reducción de tiempo sin justificación alguna y con afectaciones mayores a las plasmadas a los partidos políticos, coaliciones o candidaturas. Si bien las redes sociales y plataformas digitales han tomado especial relevancia, los medios tradicionales como lo son la radio y televisión siguen siendo el medio de comunicación dominante para la mayoría de las y los mexicanos.
En primer término, no son tiempos solo para las y los partidos políticos. Quien piensa que la reducción únicamente impacta a los partidos y candidatos se equivoca, porque impacta directamente a las autoridades electorales y a la difusión de sus campañas institucionales. Esto incluye al INE, al TEPJF, a la FISEL y a todas las autoridades electorales locales quienes estarían perdiendo minutos diarios.
Por ejemplo, de esos 48 minutos diarios, 7 de ellos (14.5%) son para todas las autoridades electorales que se distribuyen conforme a una pauta trimestral en spots de 20 segundos. Estos minutos también se tendrían que ajustar al nuevo esquema. Aunado a que se pierden espacios para invitar a la ciudadanía a sufragar, a ser funcionarios/as de casillas o encontrar estas últimas.
Además, la propuesta de reforma pretende impulsar los mecanismos de democracia directa tanto a nivel federal y local, pero no contempla tiempos para promocionarla.
Otro gran problema es que pese a lo imposibilidad técnica de otorgar espacio para las candidaturas del Poder Judicial no se atendió la solicitud de tiempos para ello. Por el número de candidaturas y cargos a elegir era prácticamente imposible otorgar espacios que converjan con elecciones de los otros poderes, más las consultas populares, más los tiempos para autoridades.
Más actividades, más elecciones con menos recursos y menos tiempos. ¡Una locura!
Una posible solución es hacer una bolsa precautoria de tiempos del Estado, en caso de que se actualice alguna de las hipótesis señaladas se amplíen los tiempos para la difusión de estas. Reducirlo es una locura.
Respecto a la propaganda modificada se hace evidente que quien redactó no conoce el modelo de operación de los tiempos del Estado o el sistema electrónico de recepción o entrega de materiales, dónde existe todo un proceso para verificar el cumplimiento de las características que debe cumplir un spot de los partidos políticos.
Realmente quien dictamina y aprueba, previo acuerdo que establece las características que deben cumplir los promocionales es el INE.
Transferir la carga de identificar, evitar la difusión y advertir sobre contenido no etiquetado a los concesionarios excede las obligaciones y responsabilidades en materia electoral. Ellos están obligados a transmitir los spots como lo indica el INE, quien entrega los materiales conforme a las pautas aprobadas.
Sobra decir que una reforma de esta magnitud requiere una seria reflexión.






