Es muy grave que esos dos conceptos normen la conducta de cualquier persona, pero mucho más, cuando quienes los apliquen, ostenten una responsabilidad pública, y estén convencidas de que es solo su verdad, lo que es, porque esa “su verdad” la creen lo mejor para el país.
Me refiero concretamente a la solicitud de Juicio Político presentada por la diputada Aleida Alavez, vicecoordinadora de los diputados federales de Morena en la actual legislatura, en contra del ministro Alberto Pérez Dayán, por la resolución al Amparo en Revisión 164/23 del pasado31 de enero, en contra de la Ley Eléctrica.
Sus declaraciones sin fundamento legal, debemos de entenderlas porque no es abogada, sino licenciada en Ciencias de la Comunicación; sin embargo, para no expresar tantas aberraciones, sería muy útil y conveniente para su prestigio personal y de su partido le consultara a un correligionario, que fuera jurista, como por ejemplo al catedrático universitario Ricardo Monreal, quien estoy seguro se apena que una legisladora de su partido haya dicho lo que ha publicitado con el mayor entusiasmo.
En principio, dijo la diputada que el ministro Pérez Dayán, no podía haber usado su voto de calidad, en la votación que se dio en la Segunda Sala de la Corte, porque no lo permite el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Total error, lo hizo con base en lo que estable el artículo 56 de la Ley de Amparo. Ella no lo sabe, pero existe lo que se llama una pirámide jurídica, en virtud de la cual las leyes tienen preminencia y jerarquía para aplicarse. Primero se aplican las constitucionales, después las Ordinarias, posteriormente las Reglamentarias y finalmente las Individualizadas. La Ley de Amparo es Ordinaria y la que ella invoca es Reglamentaria.
Afirmó también, que Pérez Dayán votó en una “Sala Regional”, en la Corte. Diputada, no hay como usted dice, “sala superior y regionales”, hay pleno y dos salas.
En una entrevista radiofónica, dio a conocer una mentira absoluta, cuando expresó que ocho ministros ya habían aprobado la constitucionalidad de esa Ley, lo que es absolutamente falso, ignorancia o mala fe de la legisladora, no lo sé, pero precisamente porque no se alcanzó en el Pleno la votación de ocho ministros declarando su inconstitucionalidad, procedió el Amparo que mencionamos.
Lo digo con todo respeto, pero ese Juicio de acuerdo a Derecho no puede, ni debe proceder, por la salud de la República. Probablemente pase al Senado, pero de ahí en donde se requiere una mayoría calificada, afortunadamente, no transitará más.
Para concluir, un episodio más del desaseo institucional que estamos sufriendo, hace tres días el presidente López Obrador, refiriéndose a la misma ley, dijo en Tamazunchale, San Luis Potosí, que “Dos Ministros, por sus pantalones”, desconocieron esa ley, refiriéndose al tema que hemos comentado; sin embargo, fue gracias a “esos pantalones”, que se evitó un conflicto internacional, porque la ley eléctrica, transgrede reglas establecidas en el Tratado Comercial suscrito por México con Canadá y Estados Unidos, como son los principios de competencia, libre concurrencia y desarrollo sustentable.