Es lamentable que personas informadas como Amparo Casar o Héctor Aguilar Camín difundan impunemente falacias acerca de la sobrerrepresentación.
Falacia 1. Pretender que nuestro sistema es proporcional puro. Aguilar dice que cómo los partidos opositores que obtuvieron un 41% de votos y tendrán solo el 25.4 % en la Cámara, en tanto que los partidos de la coalición ganadora cubren el 74.6 %. Esto parte de la falsa premisa de que nuestro sistema es proporcional puro. Una elemental lectura de la Constitución demuestra que no es así. En nuestro sistema mixto solo 200 diputados son electos por representación proporcional (RP), es este el número que debe servir de base para comparar los lugares asignados con el porcentaje de votos emitidos. Por RP se reparten solo 200 diputados y los 57,155,258 de votos se distribuyeron así: a la coalición ganadora (57% de votos) se le asignaron 117 diputados, que representan 58.5% de los 200 diputados de representación proporcional. A la oposición (43% de los votos) se le asignaron 83 diputados, equivalentes a 41.5% de los 200 diputados de RP.
No existe tal sobrerrepresentación desproporcionada.
Los 300 diputados de mayoría responden a otra lógica. Cada curul se obtiene por haber superado al menos por un voto a cualquiera de los otros candidatos y esas victorias no tienen relación con la proporcionalidad. Esta es la distribución de los 300 diputados que ganaron por mayoría en sus distritos:
La coalición ganadora triunfó en 256 distritos (85.4% de los 300 distritos) y tendrá una representación de 74.6% en la Cámara.
La oposición triunfó en 44 distritos (14.6% de los 300 distritos) y tendrá una representación de 25.4% en la Cámara.
Sobrerrepresentada la oposición cuando se toma en cuenta la mayoría individualmente lograda y no el lugar en la lista de RP.
Falacia 2. Presentar a las Coaliciones como un solo partido. Los votos no se emiten por coalición sino por partido y cada uno los recibe por separado, pero se suman a favor del candidato común de la coalición. Las listas de RP se presentan por separado. La Constitución no habla de coaliciones porque estas no entran como tales a la Cámaras. Cada partido forma su propio grupo parlamentario, los lugares no se ocupan por coaliciones.
Falacia 3: Pretender que hay un desigual valor de los votos. La igualdad del voto se da cuando llegamos a las urnas, el voto de cada ciudadano tiene el mismo valor. Cuando se computan en los diferentes distritos puede suceder que un candidato reciba más votos que otro. Pensemos que un candidato ganó su distrito con 120,000 votos y en el distrito de al lado el candidato ganador recibió 60,000. Es una falacia decir que los votos del que ganó por 120,000 valen menos, y que para igualarlos habría que acreditar en ese distrito dos diputados en lugar de uno. Esto es una barbaridad, pero muestra que no se pueden asignar valores desiguales a los votos por los distintos resultados en los distritos. La participación ciudadana en cada distrito difiere por múltiples razones.
Falacia 4. Presentar como ilegal la transferencia de candidatos entre partidos. Afirman que es indebido que un partido registre candidatos bajo las siglas de otro. Al respecto la ley es clara. “Ningún partido político podrá registrar a un candidato de otro partido político. No se aplicará esta prohibición en los casos en que exista coalición”.
Son temas complicados, pero a esos destacados intelectuales les recomiendo mi Manual de Derecho Electoral publicado por Tirant Lo Blanch, para que aprendan y dejen de desinformar.
Investigador de El Colegio de Veracruz y magistrado en retiro. @DEduardoAndrade