Alejandra de la Paz, directora del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, finalmente se dignó a conversar por unos minutos con la prensa. Ante la montaña de peticiones que ha desatendido el INBAL, la más apremiante es aquella sobre las obras de Frida Kahlo, incluidas páginas de su diario, que están desaparecidas o ubicadas en colecciones en el extranjero, pese a estar protegidas por la declaratoria de monumentos artísticos. En el breve encuentro, De la Paz dejó claro que tiene facultades “limitadas” para hacer algo y que sólo resta esperar que el Banco de México –entidad que administra el fideicomiso de Kahlo y Diego Rivera– le solicite interferir. “Entendamos que el Instituto Nacional de Bellas Artes no es una fiscalía, es una institución de salvaguarda del patrimonio y nuestras facultades están claramente estipuladas por la ley”, dijo la funcionaria.
Se le olvida el Artículo 2 de la declaratoria de la obra de Kahlo –que aplica para acervo nacional y de privados– donde se indica que “el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura dará cumplimiento a las disposiciones de la Ley sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos y de su Reglamento, en lo que resulten aplicables a la obra de Frida Kahlo Calderón”. En esa Ley, se indica que el INBAL es competente en la materia (Art. 45), y en cuanto a sanciones por daño y destrucción (Art. 52), y por sacar del país un monumento artístico “sin permiso del Instituto competente” (Art. 53), se le impondrá prisión de tres a diez años y multa. Pareciera que el INBAL no está tan atado de manos como hacen creer. Si no es INBAL (y por ende la Secretaría de Cultura) las autoridades competentes para proteger el patrimonio mexicano, ¿entonces quién sí?
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