Imagínense que ustedes estudiaron para ser mecánicos de coches, trabajan en un taller especializado en frenos y balatas. De pronto, un día el dueño de ese negocio decide que cambiaron las reglas y que debido a la demanda de servicio ahora ustedes tendrán que atender vehículos de la Fórmula Uno con un sistema y un diseño completamente distinto con el que nunca habían explorado y para el que nunca se habían preparado.

¿El párrafo anterior suena ilógico y a la vez peligroso? ¿La Fórmula Uno tendría razón en reclamarle al taller y a los mecánicos por meter mano donde no son expertos? ¿Podría buscar una demanda? Ambas respuestas son: Sí.

Ahora trasladen ese ejemplo a los hospitales del IMSS, específicamente a las unidades de segundo nivel. El pasado 3 de junio, el Instituto Mexicano del Seguro Social emitió un oficio a través de la Dirección de Prestaciones Médicas. Es el número 2660/0126, dirigido a la Coordinación de esos hospitales.

El documento al que tuve acceso y que está dirigido a los órganos de operación administrativa estatales, regionales y de la Ciudad de México argumenta que “las Unidades de Cuidados Intensivos en los hospitales de segundo nivel tienen como propósito brindar atención médica especializada que no puede ofrecerse en otras áreas de hospitalización dirigida a pacientes en estado crítico con patologías diversas”.

Que “una situación particular es la del paciente pediátrico críticamente enfermo, cuya condición puede originarse por una enfermedad aguda en un niño previamente sano, la exacerbación o complicación de una enfermedad crónica o situaciones emergentes de origen traumático, autolesivo o toxicológico”.

Añade un párrafo clave: Que “la creciente especialización de la medicina intensiva pediátrica ha favorecido la centralización de su atención en Unidades de Cuidados Intensivos Pediátricos, sin embargo, la disponibilidad de estas camas sigue siendo limitada en el segundo nivel de atención y que en este contexto es fundamental reconocer que las Unidades de Cuidados Intensivos actualmente existentes representan el entorno clínico más adecuado para la valoración, monitorización, observación y/o estabilización del paciente pediátrico críticamente enfermo, ya que estas intervenciones no pueden llevarse a cabo con seguridad ni eficacia en áreas de hospitalización convencional, debido a la carencia de infraestructura y personal especializado, lo que justifica plenamente la existencia y operación de las UCI en este nivel de atención”.

Y remata: “Por tanto, en las Unidades Médicas de Segundo Nivel que cuenten con UCI, ante la presencia de un paciente pediátrico críticamente enfermo, cuya constitución física (por ejemplo, peso igual o mayor a 40 kg) y su condición clínica permitan el uso de una cama de terapia intensiva, deberá integrarse una valoración médica por parte del médico no familiar intensivista y en consenso multidisciplinario”.

En resumidas cuentas, le ordenaron a doctores no especializados entrarle a algo en lo que no están preparados. La queja ya está en los distintos sindicatos laborales y el temor de irse presos el día que una familia reclame cuando algo no salga bien.

La circular que el IMSS distribuyó entre sus instalaciones de atención médica.
La circular que el IMSS distribuyó entre sus instalaciones de atención médica.

claudio8ah@gmail.com

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