Con el propósito de maximizar los beneficios de la inteligencia artificial (“IA”) en los diversos campos de la vida humana y, en particular, en la educación, la ciencia, la cultura, la comunicación y la información, y realzando, en especial, sus implicaciones éticas, la UNESCO elaboró, a la luz de su mandato, la “Recomendación sobre la Ética de la IA”, aprobada por sus 193 Estados miembros y siete asociados, en noviembre de 2021, como primer marco ético-normativo a nivel universal.

Quiero destacar el liderazgo que, en la negociación y redacción de la Recomendación, desempeñó una ilustre mexicana: la economista y diplomática Gabriela Ramos, en su calidad de Subdirectora General de Ciencias Sociales y Humanas de la UNESCO (lo que, aunado a su excelente trayectoria como Directora de Gabinete del Secretario General de la OCDE -cargo, este último, brillantemente desempeñado, de 2006 a 2021, por el también mexicano José Ángel Gurría-, así como ‘Sherpa‘ para el G20, el G7 y APEC, la posiciona como una muy seria contendiente -acertadamente propuesta por el Gobierno de México- para ocupar la Dirección General de dicho organismo internacional para el periodo 2026- 2029).

De entrada, la Recomendación reconoce “las repercusiones positivas y negativas, profundas y dinámicas, de la IA en las sociedades, el medio ambiente, los ecosistemas y las vidas humanas, en particular en la mente humana, debido en parte a las nuevas formas en que su utilización influye en el pensamiento, las interacciones y la adopción de decisiones de los seres humanos y afecta a la educación, las ciencias sociales y humanas, las ciencias exactas y naturales, la cultura y la comunicación, y la información”, con un claro enfoque en la paz y la seguridad “a fin de asegurar el respeto universal a la justicia, a la ley, a los derechos humanos y a las libertades fundamentales que se reconocen a todos los pueblos del mundo”.

En este tenor, la Recomendación toma en cuenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos, una variedad de Declaraciones, Principios y Resoluciones de carácter universal, así como una multiplicidad de instrumentos del marco internacional de los DDHH’s. De ahí que su objetivo sea “servir de base para poner los sistemas de IA al servicio de la humanidad, las personas, las sociedades, el medio ambiente y los ecosistemas, así como para prevenir daños” (No. 5).

Por otra parte, no se aventura a proporcionar una definición única de la IA, en la medida en que “tal definición tendría que cambiar con el tiempo en función de los avances tecnológicos” (No. 2).

Como una de las principales esferas de competencia de la UNESCO es la educación, presta a esta última una especial atención por lo que hace a las repercusiones éticas en la materia, “porque vivir en sociedades en proceso de digitalización exige nuevas prácticas educativas, una reflexión ética, un pensamiento crítico, prácticas de concepción responsables y nuevas competencias, dadas las implicaciones para el mercado laboral, la empleabilidad y la participación cívica” (No. 3, A).

Más adelante, aborda los valores y principios que deben ser respetados por todos los actores durante el ciclo de vida de los sistemas de IA, así como 11 ámbitos de acción política, el seguimiento y evaluación, la utilización y aplicación de la propia Recomendación, y su promoción. En nuestra siguiente colaboración abordaremos, en particular, el ámbito 8: Educación e Investigación.

Maestro en Ciencias Jurídicas

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