La elección judicial en marcha busca constituir un Poder Judicial en el que las personas que aspiran a algún cargo judicial tengan todos los elementos de probidad que necesita nuestra democracia que debe siempre fundarse en un Estado de Derecho.
En este sentido, y con base en otras determinaciones que ha tomado el Instituto Nacional Electoral (INE), el pasado 24 de abril, el Consejo General del INE, su máximo órgano de dirección, conoció y aprobó un Acuerdo de gran relevancia para el proceso electoral judicial en marcha, referente al procedimiento para constatar que las personas candidatas a juzgadoras no estén contempladas en alguno de los 10 supuestos establecidos en la Constitución, así como en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Estos supuestos están referidos a: 1) por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; 2) por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión; 3) por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; 4) contra la libertad y seguridad sexuales; 5) cuando afecte normas de desarrollo psicosexual; 6) por violencia familiar; 7) por violencia familiar equiparada o doméstica; 8) por violencia a la intimidad sexual; ) por ser declarada persona deudora alimentaria morosa, y 10) por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
En este sentido, de encontrarse alguna persona o personas candidatas en alguno de estos supuestos o que haya resultado electa y se encuentre en cualquiera de estos supuestos, todos establecidos en el artículo 38 constitucional, entre ellos los conocidos como “8 de 8 contra la Violencia”, le serán suspendidos sus derechos políticos y en consecuencia le será retirada la candidatura o el cargo.
No hay que olvidar que justamente en esta elección serán electas personas que integran al Poder Judicial cuya principal función será la de impartir justicia conforme a lo mandatado en la Constitución y las leyes, de ahí la importancia de verificar su elegibilidad.
Ahora bien, el procedimiento aprobado contiene varias etapas importantes, de las que destacan:
1. Se conformará un grupo interdisciplinario, coordinado por la Secretaría Ejecutiva, integrado, además de las direcciones ejecutivas de Prerrogativas y Partidos Políticos y del Registro Federal de Electores, por diversas unidades técnicas del INE, entre ellas la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación. Este grupo tendrá la alta responsabilidad de verificar los supuestos referidos por parte de las personas candidatas, así como de que no tengan suspendidos sus derechos políticos electorales.
2. Las personas candidatas a algún cargo en el Poder Judicial deberán firmar, bajo protesta de decir verdad, una carta en el que manifiesten que no se encuentran en algunos de los 10 supuestos referidos, así como adjuntar un certificado de no ser persona deudora alimentaria;
3. El INE recibirá información por parte de la ciudadanía, así como de organizaciones de la sociedad civil que señalen el posible incumplimiento del requisito constitucional de alguna persona candidata a juzgadora;
4. El INE, por su parte, consultará a las autoridades competentes sobre posibles denuncias realizadas por la ciudadanía o alguna organización social, y
5. Se concederá la garantía de audiencia para que las personas candidatas denunciadas puedan hacer valer lo que consideren que a su derecho convenga.
Para llevar a buen puerto esta medida y con la finalidad de darle la mayor difusión, el INE elaborará una estrategia de comunicación para que no solamente las personas candidatas, sino toda la ciudadanía conozca de este procedimiento, lo que permitirá incentivar la cultura de la denuncia.
Finalmente, el Consejo General del INE, presentará, de ser el caso, el proyecto de Acuerdo sobre los posibles hallazgos de incumplimiento a las normas constitucional y legal referidas.
El INE busca cumplir con lo establecido en el artículo 38 de la Constitución que determina que las personas que arriben a cualquier cargo público, en este caso al Poder Judicial, no tengan antecedentes que perturben el buen desarrollo de la función judicial del que resultará beneficiada la población.
Consejera electoral del INE