Una de las atribuciones más importantes que el Legislativo le otorgó al Instituto Nacional Electoral (INE), a partir de la reforma político electoral en 2014, fue la fiscalización que busca conocer el origen y destino de los recursos que utilizan las y los aspirantes, precandidatas, precandidatos, candidatas y candidatos, las y los candidatos independientes, así como la de los partidos políticos durante los procesos electorales tanto federales como locales que se desarrollen a lo largo y ancho del país.

El proceso de fiscalización se ha constituido como un referente importante en nuestro sistema democrático ya que permite transparentar el correcto uso de los recursos que son utilizados para la renovación del poder público, a la par que representa un auténtico ejercicio de rendición de cuentas.

Asimismo, el INE, con esta facultad puede imponer las sanciones respectivas en caso de que las y los distintos actores políticos comentan faltas a la normativa electoral.

Bajo este contexto, y en atención a diversas reformas tanto constitucionales como legales, se encuentra en marcha el proceso electoral judicial por el que se elegirán los cargos de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las magistraturas de la Sala Superior y Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las personas integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y magistraturas de Circuito y personas juzgadoras de Distrito.

Al respecto, el Legislador determinó que el INE fuera la instancia encargada de la organización y desarrollo de este inédito proceso electivo y, con ello, la autoridad electoral ha llevado a cabo diversas acciones para llevar a buen puerto esta elección judicial.

Así, el pasado 30 de enero, su Consejo General, máximo órgano de dirección, aprobó los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial, Federal y Locales.

Estos Lineamientos tienen por objeto “regular la presentación de información comprobatoria de las operaciones ante la Unidad Técnica de Fiscalización y los mecanismos de revisión que en materia de origen y destino de recursos que se implementen respecto de las actividades de los procesos de elección de los cargos de los procesos electorales del poder judicial federal y locales”.

Para ello, el INE conformó el Mecanismo Electrónico para la Fiscalización de Personas Candidatas a Juzgadoras (MEFIC), herramienta de uso obligatorio para que las personas candidatas a juzgadoras registren la información necesaria, para efectos de que el INE proceda a la verificación del origen y destino, así como la cuantificación de sus egresos para que se respete el tope de gastos personales establecido por la normatividad.

El MEFIC estará habilitado para el registro de ingresos, gastos y documentación soporte, durante el periodo de campaña y en las etapas de fiscalización, y se establecerá un Centro de Ayuda para auxilio de las personas candidatas.

Los Lineamientos, de acuerdo con la ley, determinan entre otros aspectos, que no se permitirá el uso de recursos de origen privado de terceros de manera directa o indirecta, en efectivo o en especie, incluidos aquellos provenientes de sorteos o cualquier otro medio de captación de recursos.

Asimismo, está prohibido el uso de recursos públicos del gobierno federal, local o municipal y/o alcaldías de la Ciudad de México, de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como de los organismos autónomos.

Todas las personas candidatas deberán respetar los topes de gastos de campaña que el INE determine.

De igual forma y toda vez que está prohibida la contratación en territorio nacional o fuera de él, por sí o por interpósita persona, de tiempos de radio y televisión para la promoción de las personas candidatas, el INE realizará monitoreos en redes sociales y vía pública, así como visitas de verificación, con la finalidad de identificar hallazgos que puedan generar un beneficio para las postulaciones.

Las personas candidatas y sujetos que incurran en conductas que impliquen inobservancia a estos Lineamientos se sujetarán al Procedimiento Sancionador en el que pueden derivar desde una amonestación pública, multa de hasta cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y, en caso de los partidos políticos las referidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (artículo 456) que, entre las principales, está la de una multa de hasta diez mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México y la reducción de hasta el cincuenta por ciento de las ministraciones del financiamiento público, así como la cancelación del registro en caso de que hayan recibido recursos ilícitos sean público o privados o participen en eventos de partidos políticos, organizaciones que pretendan constituirse como partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales.

Con esta normatividad, el INE va conduciendo esta elección judicial para que se realice con equidad y que sea la ciudadanía quienes definan con voto a las personas juzgadoras.

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