Una frase recurrente del expresidente López Obrador era la de “prohibido prohibir”. La realidad es que las prohibiciones en la sociedad desde el poder público siempre han sido comunes. El Derecho penal es un catálogo de conductas lesivas para la sociedad no tolerables que son sancionadas con penas privativas de la libertad. En materia de regulación social o económica encontramos múltiples ejemplos de actividades que simplemente no deben llevarse a cabo, como contaminar el medio ambiente, generar riesgos sanitarios, manipular los precios en un mercado o engañar al consumidor. Lo que sí es cierto es que la prohibición debe siempre tener una justificación clara y generar mayores beneficios que costos. Cuando la racionalidad es débil es mejor proceder por otro camino. A pesar del slogan citado tenemos ejemplos recientes que vale la pena señalar y cuestionar.
En enero de este año entró en vigor una reforma a los artículos 4 y 5 constitucionales con el objeto de prohibir toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley. Es evidente que estos productos dañan la salud (como también lo hacen los cigarros tradicionales que queman tabaco), aunque no se sepa a ciencia cierta en qué magnitud. No obstante, parece exagerado que esta decisión se haya elevado a nivel constitucional y no queda claro que vaya a ser efectiva y no genere un mercado negro que será más difícil de controlar.
Mediante reforma constitucional publicada el 17 de marzo pasado, el maíz fue declarado alimento básico del pueblo, elemento de identidad nacional y base de la existencia de los pueblos indígenas. Asimismo, quedó establecida la obligación de garantizar su producción libre de modificaciones genéticas. Llaman la atención dos cuestiones. Primero, la propia reforma refiere la necesidad de priorizar la soberanía alimentaria, lo que no puede lograrse por decreto, pues es una cuestión de capacidades productivas. México es deficitario en la producción de maíz amarillo y debe importarlo sí o sí de otros países, sobre todo de Estados Unidos (que recurre a transgénicos), para así cubrir sus necesidades alimentarias, tanto humanas como animales. Segundo, un panel constituido al amparo del T-MEC ya había determinado que las restricciones a la importación de maíz genéticamente modificado carecían de fundamento científico y violaban compromisos comerciales. Entonces, ¿no vamos a producir aquí pero sí importarlo?
No soy fan de los toros y creo que es un espectáculo que va en franca decadencia, pero la reciente prohibición de realizar esta actividad sin violencia en la Ciudad de México quiso quedar bien con todos: no prohibir la actividad como tal, sino más bien permitirla de una manera incompatible con la tradición taurina (no pueden utilizarse objetos punzocortantes que causen heridas, deben protegerse los cuernos del toro y limitarse la duración). Al final de la corrida, los toros deben ser devueltos a la ganadería de su procedencia, lo que sólo sucedía en un indulto. Tanto defensores de animales, como criaderos y aficionados, han mostrado descontento con el resultado. Al margen de las preferencias y creencias de cada uno, considero que existen otras necesidades y prioridades que deben ir mucho antes en la agenda pública y la labor de los legisladores locales.
Finalmente, a finales de marzo pasado entró en vigor una regulación federal (emitida desde septiembre de 2024 por las Secretarías de Educación y Salud Pública) que prohíbe la venta de comida chatarra en todas las escuelas del país, en particular aquellos alimentos procesados que estén marcados por sellos de alto contenido en grasa, azúcar o sodio. Aunque la normativa ha generado controversia entre escuelas y padres de familia, la realidad es que se trata de una medida que, si bien es incapaz de resolver los problemas de salud pública, algún granito de arena podrá aportar en esta lucha. Es una disposición administrativa que era conocida desde hace seis meses, por lo que había espacio para difundirla e implementarla. Será fundamental que la autoridad apoye a las escuelas en el cumplimiento de esta norma, promueva el consumo saludable de alimentos y cierre espacios de hostigamiento por parte de inspectores. Es obvio que las principales causas y problemas vienen de otros lados, pero eso no quita la posible utilidad de la restricción, si es que se administra de manera correcta en el tiempo.
¿Prohibido prohibir? Depende de qué, cómo, cuándo, dónde y para qué.
*Maestro en Derecho por Oxford, comisionado de Cofece y profesor en la Universidad Iberoamericana
X: @AlejandroFaya