Por: Aleida Azamar Alonso e Isidro Téllez Ramírez

Los Censos Económicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) revelan que, en 2003, solo 103 mujeres trabajaron en la minería de oro en México, representando el 6% del total de empleados en esta rama económica. Para 2018, esta cifra aumentó a 3,087 mujeres, alcanzando 13% de la fuerza laboral. En el mismo periodo, el número de trabajadores varones pasó de 1,636 a 20,660.

Este crecimiento en la participación femenina estuvo marcado por el aumento de las contrataciones bajo la modalidad de outsourcing. Mientras que en 2003 el 24% de las mujeres empleadas en la minería de oro trabajaban bajo este esquema, para 2018 la proporción dio un giro de 180 grados disparándose a 72% (en el caso de los varones, el mismo porcentaje pasó de 23% a 76%).

Lo anterior significa que la integración de las mujeres a esta industria -donde el oro tiene una cotización internacional entre 80 y 90 veces mayor a la plata y, entre 12 y 15 que el cobre- se dio principalmente a través de contratos tercerizados, y no mediante empleos directos en las empresas para las que en los hechos estuvieron laborando.

En un caso similar se encuentra la extracción de cobre, donde la participación femenina también creció, pasando de 3% en 2003 a 7% en 2018. El porcentaje de trabajadoras contratadas vía outsourcing fue menor en comparación con la minería de oro, al representar el 39% en 2018, aunque cinco años atrás también había alcanzado el 72%.

El hecho de que la mayoría de las mujeres en la minería de oro y cobre en México hayan sido contratadas bajo la modalidad de outsourcing tiene varias implicaciones negativas en términos económicos, laborales y de género, que en general apuntan a un mayor grado de precarización en sus condiciones de trabajo, menos derechos y mayores desigualdades. Las trabajadoras bajo esta condición suelen tener contratos temporales o de corto plazo y, por lo mismo, menor acceso a prestaciones como seguridad social, aguinaldo o antigüedad. Además de que tienen menos posibilidades de exigir mejores condiciones de seguridad o denunciar abusos, debido a que el outsourcing fragmenta la colectividad de la fuerza laboral, debilita las herramientas para acceder a información sobre derechos y dificulta la organización sindical, así como la negociación colectiva, lo que reduce la capacidad de éstas para exigir mejoras en un sector donde las condiciones laborales suelen ser bastante duras y riesgosas, especialmente para las mujeres debido a los riesgos de violencia sexual que se suman a los ya comentados.

A las empresas mineras les resulta benéfico este esquema porque pueden prescindir fácilmente de las trabajadoras contratadas por outsourcing, sin necesidad de justificar despidos o pagar indemnizaciones. En ese sentido, pueden ajustar la plantilla laboral según la demanda de producción, reduciendo costos en tiempos de precios bajos. Además, se deslindan de posibles conflictos laborales, pues al final del día la relación laboral formal es con la empresa de outsourcing y no con las compañías mineras.

Las reformas que supuestamente iban a eliminar esta forma de relación laboral no han tenido el efecto esperado, pues aún al día de hoy se manifiestan mujeres y hombres destacando que esta práctica no solamente no ha desaparecido, sino que se ha modificado para mantenerla activa. Esta situación revela la necesidad de mayor inversión en vigilancia y regulación hacia el sector minero; asimismo, es necesario fortalecer la capacitación tanto de los empleadores como de los trabajadores/trabajadoras sobre sus derechos laborales, así como sobre la importancia de erradicar las desigualdades, implementando mecanismos claros de denuncia y protección de fácil acceso.

Es necesario que el Estado y las empresas mineras asuman su responsabilidad en la creación de un entorno laboral seguro y justo para las trabajadoras. Esto incluye garantizar la igualdad de salario por el mismo trabajo, la inclusión de las mujeres en puestos de toma de decisiones y el acceso a condiciones laborales dignas.

Por lo que este 8 de marzo debe ser un recordatorio de la urgencia de cambios estructurales que protejan los derechos de las trabajadoras en la minería. Para lograrlo, se requiere una política que combata las prácticas de outsourcing y fomente la contratación directa, asegurando que las mujeres no solo tengan un empleo, sino también los derechos y beneficios que les corresponden como trabajadoras más allá de la fachada empresarial del “pink washing”.

Profesora Investigadora del Departamento de Producción Económica, Universidad Autónoma Metropolitana, correo: gioconda15@gmail.com

Investigador del Instituto de Geografía de la Universidad Nacional Autónoma de México. Correo: isidrotr@gmail.com

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