"La apertura de la justicia no es solo un ideal, es una necesidad para garantizar que el sistema judicial sea verdaderamente equitativo y accesible para todos." Rosalind Dixon, Profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Nueva Gales del Sur
La reforma al Poder Judicial avanza y su punto más sensible podría ser el método de elección de jueces, juezas, magistrados, magistradas, ministros y ministras; de manera que el debate, hasta ahora en medios de comunicación, se ha centrado en él. Sin embargo, considero que ésta es al mismo tiempo una oportunidad invaluable para discutir y eventualmente integrar, como parte de la reforma, los preceptos de la Justicia Abierta.
En términos generales, la Justicia Abierta se refiere a la incorporación de los principios del Gobierno Abierto en el ámbito de la impartición de justicia. La Métrica de Justicia Abierta es un instrumento de medición de este fenómeno que desarrollamos conjuntamente el INAI, la organización World Justice Project y el Instituto de Investigación en Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción de la Universidad de Guadalajara. En esta Métrica, la Justicia Abierta es definida como “el modelo que adopta y adapta los principios de gobierno abierto (transparencia, participación, colaboración y rendición de cuentas) a las instituciones y servicios de procuración, administración e impartición de justicia, es decir, al ecosistema de justicia en su conjunto”. Vale mencionar que dicho ecosistema incluye a las instituciones que procuran, administran e imparten justicia en el orden federal y estatal, incluso si no forman parte del Poder Judicial, por ejemplo, las comisiones de derechos humanos y las instancias de justicia alternativa.
La Métrica, pues, califica el grado de cumplimiento de los principios de Gobierno Abierto en dichas instituciones. Para 2023, la calificación promedio general fue de 0.42 en una escala del 0 al 1. Este número representa el promedio de las calificaciones obtenidas en cada una de las cuatro dimensiones de este instrumento: La dimensión de transparencia obtuvo el puntaje más elevado, con 0.59, seguido de la de rendición de cuentas con 0.44, luego la de participación ciudadana con 0.37 y, finalmente, la de colaboración con 0.27, el puntaje más bajo.
La premisa es sencilla: Justicia Abierta significa más acceso y accesibilidad a la justicia, sin distingos ni barreras de entrada. No obstante, tampoco se trata de un eslogan con buenas intenciones. La Justicia Abierta es posible a través de acciones muy concretas y desde luego, factibles. Para materializarlas se requiere, ciertamente, de voluntad política y arrojo de las autoridades judiciales, pero esto implica un compromiso más profundo en la transformación estructural del ecosistema de justicia.
En este contexto, con las discusiones en torno a la reforma al Poder Judicial, nos encontramos en un escenario ideal para que la Justicia Abierta se inserte en el marco legal de nuestro país, incluso desde nuestra Constitución. Como lo expresé al inicio, sabemos que el debate está centrado en otros tópicos muy importantes, pero si el objetivo de la iniciativa es fortalecer al Poder Judicial, mejorar la confianza en él y acercarlo más a la ciudadanía, es necesario que volteemos la mirada a la Justicia Abierta, sus principios y sus formas de instrumentación.
Con la Justicia Abierta es posible democratizar aún más nuestros poderes judiciales.