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La Sala Especializada del Tribunal Electoral determinó que la ministra electa Yasmín Esquivel no cometió ninguna infracción por la promoción de su imagen en un sitio web mediante publicidad pagada, durante el periodo de campañas de la elección judicial.
Durante el periodo de campañas, la imagen de la ministra fue promovida en la página “Justicia Sin Barreras” en Facebook, administrada por Raymundo Ramón Siller González.
La ministra Esquivel se deslindó de las publicaciones, de cualquier relación con el administrador del perfil y no se advirtió ningún indicio de su vínculo con dicha propaganda, determinó la sala.
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Por dos votos a favor y uno en contra, el TEPJF señaló la responsabilidad de Raymundo Siller por usar publicidad pagada para estas publicaciones, por lo que se le impuso una multa.
La magistrada en funciones, Mónica Lozano, dijo que si bien la norma no establece estas reglas para la ciudadanía, señaló que el Tribunal Electoral debe vigilar la equidad en la contienda.
“Hay varias publicaciones, no es solamente una, se invirtió una cantidad de dinero importante, hubo de acuerdo a la biblioteca de anuncios de Facebook más de 600 mil impresiones y, desde mi punto de vista, la libertad de expresión tiene este límite del principio de equidad”, expuso.
El magistrado presidente, Luis Espíndola, subrayó que la equidad en la contienda es un principio transversal que no sólo abarca a las candidaturas, sino a quienes participan de forma directa o indirecta.
“Si existen elementos que pudieran generar una inequidad, como pudiera ser una circunstancia en la que exista un pago o el ejercicio de recursos a favor de una candidatura, allí pudiera haber una distorsión en cuanto a la participación equitativa”, apuntó.
El magistrado Jesús Lara expresó su desacuerdo con la multa impuesta al administrador de la página de Facebook, al señalar que no hay ninguna previsión que contemple como conducta irregular la participación de la ciudadanía en la elección judicial.
“No hay duda de que sea un ciudadano. Manifestó haberlo hecho por sus intereses, por sus ideologías, con sus recursos, no hay un vínculo entre la ciudadanía y la candidatura. Entonces, me parece que no tendríamos que sancionar esta conducta, no encuentra un asidero normativo que justifique, ni la reprochabilidad ni la sanción”, sostuvo.
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No hubo falta con encuestas: Sala Especializada
En otro asunto, la Sala Especializada determinó que no hubo un beneficio indebido a favor de las entonces candidatas a ministras Lenia Batres, Sara Irene Herrerías, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz, Marisela Morales y María Estela por su aparición en encuestas fuera de la norma electoral.
Un excandidato a ministro denunció a la empresa Demoscopia Digital, S.A. de C.V, por la vulneración a los lineamientos establecidos para la realización de encuestas o sondeos de opinión en materia electoral, derivado de la publicación de 18 encuestas relacionadas con la elección ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de su sitio web.
Lo anterior, sin haber presentado a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral la documentación requerida que la avalué.
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